¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡A MUERTE!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
I.- Don José, falleció el año 1996, bajo testamento abierto otorgado el año 1991, en el que dispuso lo siguiente:
- Lega a su esposa MarÃa su legÃtima.
- Instituye herederos a sus hijos Carlos, Luis y Antonio, pero en cuanto exceda de la legitima estricta es voluntad del testador les sean adjudicados los bienes en usufructo, correspondiendo la nuda propiedad a sus descendientes legÃtimos, nietos del testador, con la facultad de disponer libremente por actos mortis causa y también con facultad de enajenarlos y gravarlos libremente por actos Ãnter vivos, si lo necesitasen.
En el dÃa de la fecha, comparecen en la Notaria la viuda MarÃa, y sus tres hijos Carlos, Luis y Antonio, solicitando información sobre la forma de hacer la partición de la herencia de Don José y los derechos que a cada uno les corresponden sobre las fincas que se les adjudiquen en la misma.
Carlos, casado con Carla tiene dos hijos, Carlitos y Carlota, mayores de edad. Luis, viudo y sin descendientes. Y Antonio, soltero y con un hijo extramatrimonial reconocido, Toñito, menor emancipado.
II.- Don Cebedeo y sus dos hijos desean elevar a público el documento privado de donación de la finca LA TEINADA que el primero habÃa realizado hace tiempo en favor de los segundos.
III.- Antonio: Que Toñito, siendo menor emancipado concedió un préstamo de diez millones de pesetas a su amigo Facundo, garantizándose con hipoteca sobre la finca LA SOLTERONA propiedad del prestatario. Facundo ya ha pagado en el dÃa de la fecha a Toñito y Antonio pregunta al Notario los requisitos para la escritura de cancelación de hipoteca teniendo en cuenta que Toñito no es mayor de edad todavÃa.
IV.- Luis: Que quiere donar a su sobrino Carlitos cuatro fincas en Santa Eulalia, estableciendo expresamente que el donante se reserva la facultad de disponer sobre alguna de las fincas donadas.
Todos son mayores de edad y de vecindad civil común salvo que del supuesto resulte otra cosa.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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