El Proyecto de Digitalización (que parece continuar la lÃnea de la propuesta de la Comisión Europea de 10 de abril de 2014, relativa a las sociedades unipersonales privadas de responsabilidad limitada (Societas Unius Personae, SUP) del derecho de sociedades, es una de las iniciativas principales resultantes de la Agenda Digital para Europa, del Plan Estratégico 2020 de la Comisión Europea y de lo que será el Plan de Acción Europeo sobre Administración Electrónica 2016-2020. El Grupo de Expertos de Derecho Mercantil de la Comisión ha elaborado a estos fines un informe que puede leerse aquÃ. Entre las medidas del plan se encuentra la obligatoriedad de la interconexión de los Registros Mercantiles de los Estados miembros y una iniciativa dirigida a la introducción del uso de las técnicas digitales u “on line” durante la vida de las sociedades mercantiles.
Las dimensiones que la inmensa mayorÃa de las sociedades mercantiles tienen en España, las hacen en multitud de ocasiones parte necesitada de protección, parte más débil en las relaciones negociales y perfecto objeto del asesoramiento/control notarial cuando no se cuenta con uno propio o especÃfico para el caso. Suele decirse que el Derecho Mercantil es un derecho de manifestaciones, aunque eso no significa que el Notario pueda convertirse en un simple Don Tancredo, frente a la todo poderosa facultad certificante.
La empresa española presenta una estructura familiar, con escaso capital, casi inexistentes dividendos y funcionamiento medio improvisado. Subsiste en buena medida por razones de delimitación y limitación de responsabilidades y de tipo fiscal y laboral, alejada de la verdadera esencia del Derecho Mercantil. Pensar en que la inmensa mayorÃa del tráfico mercantil necesite (o quede dotado) de un funcionamiento digitalizado, on line, que pudiera regir todos sus movimientos, todos los actos de la vida social y las relaciones de la sociedad con los socios, no parece que esté dentro de la realidad española en este momento.
Las dudas en el tráfico de operaciones mercantiles son frecuentes en las notarÃas y no parece que sea conveniente que el control-intervención notarial deba eludirse o sustituirse completamente en el futuro.
Sin asesoramiento y sin control, sin control de autoridad pública, el tráfico mercantil puede convertirse en un auténtico desbarajuste, que influirá en los demás ámbitos de la contratación y en polÃticas que ha costado mucho esfuerzo implantar y que dieran sus resultados, principalmente en materia de prevención del fraude fiscal y del blanqueo de capitales.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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