Hacemos la solicitud en la notarÃa desde hace años, pero no podemos pedir el NIF definitivo si no hemos pedido el NIF provisional. Yo, encima, ¡no cobro por hacerlo¡ ¿Me pueden explicar porqué algunos no evolucionan en sus mecánicas de trabajo?
“En el mismo dÃa de su otorgamiento, remito en forma telemática al Registro Mercantil del domicilio de la sociedad copia autorizada electrónica de la presente escritura considerando como presentante por designación del socio compareciente a la mercantil constituida, cuyos datos a efectos de notificación y requerimiento son los que constan en el otorgamiento de la presente escritura, y no solicito telemáticamente el N.I.F provisional de la sociedad, ni solicitaré el definitivo pues ya se dispone del primero que es xxxx como resulta del justificante del mismo que se incorpora a la presente y no me será técnicamente posible solicitar telemáticamente el definitivo, cuando proceda, al no haberse cursado a través de mi la solicitud del provisional”.
Y el CIF no existe desde 2008 …
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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