¿Cómo es posible que no se difundan públicamente las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos?

conseguir resoluciones TEAC

“Oye (les preguntaba a un compañero y a un amigo que trabaja en la administración), ¿tú sabes donde se pueden conseguir resoluciones de los TEAR y TEAM? Sabía que eran difíciles de conseguir hasta las del propio TEAC, pero me he quedado sorprendido de que su difusión pública esté tan restringida. ¿No quieren limpiarlas para subirlas a las webs correspondientes o solo divulgan lo que no interesa o lo que no tienen más remedio que divulgar?”

El compañero me decía que las del TEAC se publican en esta página que suele consultar frecuentemente y en la que se dice que se publican aquellas que se estima que deben ser objeto de difusión pública. Añadía que de las de los TEAR y los TEAM, no sale ninguna, así que hay que esperar a que alguien las saque a la luz.

Por su parte, el amigo me decía:

“Sorprendentemente NO SON PÚBLICAS. ¡Viva la transparencia y el control …¡ Las de los TEAR no aparecen por ninguna parte. Las de los TEAM algunos ayuntamientos sí que las publican (por ejemplo Madrid, Bilbao o Castellón). Algunos lo hacen y por cambios “políticos” dejan de hacerlo. Los TEAM de ciudades de gran población son preceptivos desde 2004 y en Alicante se ha puesto en marcha en ¡Diciembre de 2018¡ En algunos casos se puede intentar llamar, identificarse y esperar que tengan a bien enviártelas. Yo quiero obtener una Resolución sobre procedimiento de comprobación limitada que tumba una gran parte del procedimiento de la AEAT y no hay manera. Las del TEAC se pueden localizar en la Base de Datos de la página del Ministerio de Hacienda, aunque no sé si las publican todas. El buscador es un poco complicado, y, en mi opinión, deja mucho que desear. Lo tienes aquí. No es de recibo que con la tecnología actual de la que tanto que se habla y de la tan traída TRANSPARENCIA, no se pueda acceder a órganos de la administración que resuelven a diario cientos de asuntos que afectan a la mayoría de los ciudadanos”.

Sobre todo este asunto ha opinado la reciente Sentencia de la Audiencia Nacional 2335-2019 de indispensable lectura.

Meses después surge este artículo …

Y a leerlo con el mismo amigo, me dice: “El artículo es muy ilustrativo pero al mismo tiempo contradictorio y poco realista. Es contradictorio por cuanto que si los TEAC estiman el 60% de las reclamaciones, a través de un procedimiento totalmente gratuito, el problema no son tanto los TEAC sino la administración tributaria. Mi  conclusión es que se deberían reforzar los TEAC con mayores medios y más independencia para conseguir una mayor agilidad, que es evidente que no interesa al poder ejecutivo. En cuanto a que debería ser voluntario, no me parece mala idea, pero no se olvide que los procedimientos judiciales requieren como mínimo de  abogado y están en juego las costas; además los Juzgados y Tribunales Contenciosos también están colapsados y el ejecutivo tampoco se plantea crear mas órganos de una jurisdicción que “revisa” los actos de la propia administración. Además ¿en que cuantía se fijarían las reclamaciones? He visto reclamaciones por 49 Euros, dado su carácter gratuito, que en la vía judicial nadie impugnaría. En fin, que creo que son los TEAC los que hay que reformar para que sean más ágiles y operativos. Este artículo va en contra de otros criterios que demandan la creación de órganos administrativos (tribunales administrativos) en el resto de actos de la administración, no solo los económicos, sino sanciones de tráfico o de otra naturaleza (medio ambientales, urbanísticas, ordenanzas municipales, mercado de valores, competencia, etc) precisamente por su cuantía y carácter gratuito, ya que la mayoría de los ciudadanos no va a acudir a los juzgados por esas cuantías, lo que determina como siempre la clásica distinción entre pobres y ricos. Tampoco tiene mucho sentido meter a los jueces a tramitar sanciones de 80 Euros”

Una temporada más tarde mi amigo escribe para decirme: “Te adjunto Sentencia_10_2020 del JUZGADO CENTRAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 7 que acabo de encontrar sobre publicación de Resoluciones de TEAR“.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario