Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
En algunas ocasiones se encuentra uno con requerimientos muy mal formulados. Recientemente en el anexo de la pignoración de una póliza se decía esto:
QUINTA.- La constitución de la presente garantía será notificada fehacientemente, mediante carta certificada suscrita conjuntamente por las partes contratantes y transmitida por el Notario que interviene la presente póliza, a la Compañía de Seguros.
En el escrito de marras hay una diligencia que dice:
DILIGENCIA: En esta fecha y a requerimiento de los firmantes de esta carta, cuyas firmas conozco y considero legítimas, procedo a remitirla a su destinatario por medio de correo certificado con acuse de recibo, lo que hago constar en mi Libro-Registro. De lo cual yo, el Notario, doy fe.
En el anexo se utiliza la expresión NOTIFICADA FEHACIENTEMENTE y ello solo es posible si utilizamos la vía del exhorto notarial (es decir, si yo hago un acta y envío el requerimiento a un Notario de ***). Resultado: Pues puede que 300 Euros de dos facturas si es que no es mas. También se dice mediante CARTA CERTIFICADA SUSCRITA … y “transmitida” por el Notario que interviene la presente póliza, lo que no se ajusta notarialmente a lo previo de la fehaciencia.
Opciones:
- Hacer dos actas (la mía y la del compañero de ***).
- Hacer en acta en la que a mi se me requiere para remitir por correo certificado con acuse de recibo (que es lo que dice la diligencia del escrito que se refiere a que lo hago constar en el Libro Registro lo que no es correcto porque esa remisión va al protocolo). En este caso, hay que cambiar el texto de la póliza y podría valer el de la carta.
- Tercero se encarga el Banco que me dispensa a mi. Hay que cambiar póliza y, de paso (aunque es menos importante), la carta.
¿Y qué redacción alternativa podría tener la póliza? Yo sugeriría esta:
QUINTA.- Las partes contratatantes requieren al Notario que interviene la presente póliza para remitir por correo certificado con acuse de recibo una copia simple de la presente póliza de constitución de garantía junto con carta suscrita conjuntamente por las partes, cuya copia se une a la presente, a la Compañía ***, con domicilio en ****.
Vamos con el modelo:
NÚMERO
En ***, mi residencia, a ***
Por mi y ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de xxxx y del Ilustre Colegio Notarial de ***
DOY FE:
Que en virtud de Póliza de préstamo conferido por BANCO, S.A., titular del N.I.F. xxx a Don xxxx, titular del DNI/NIF xxxxx intervenida por mí, el día xxxx, con el número xxxx, de la Sección A de mi Libro Registro, se ha concedido derecho de retención y afectado en garantía pignoraticia los saldos que han cada momento presente la libreta de ahorro/cuenta corriente número XXX de la que es titular el Sr. XXX en la entidad BANCA S.A. cuyo saldo al día de la fecha asciende a la cantidad de xxxxx, mediante cuya póliza de préstamo, yo, el Notario, HE SIDO REQUERIDO por las partes intervinientes en dicha póliza para que NOTIFIQUE, a través de compañero competente, BANCA S.A., en su domicilio sito en xxxx, la concesión del derecho de retención y la afección en garantía pignoraticia de dichos saldos, debiéndose advertir expresamente en la notificación que en el plazo de dos días hábiles y por la misma vía la entidad notificada deberá manifestar expresamente al BANCO, S.A. su aceptación expresa de su condición de depositaria de la prenda constituida en virtud de la citada póliza, de acuerdo con los Artículos 1.863 y 1.866 del Código Civil, y todo ello en los términos contenidos en dicha póliza, cuyo traslado a papel incorporo a esta matriz.
Acepto el requerimiento, procediendo a extender la presente acta de cuyo contenido, redactado en XXX folio de papel timbrado notarial, de la serie XXX, número XXX, yo, el Notario, Doy fe.=
NOTA: La pongo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXXX, para hacer constar que en el día de hoy, a instancia de los otorgantes, expido COPIA AUTORIZADA ELECTRÓNICA conforme al artículo 110.1 de la Ley 24/2001, para su remisión al Notario de XXXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXXX, Don XXX o quien le suceda o sustituya, esta copia electrónica solamente tiene validez para la finalidad respecto de la cual fue solicitada que es la práctica del contenido en la presente. En XXX, a XXXX. Doy fe.- Firmado: Justito.-
DILIGENCIA.- La extiendo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXXX, mi residencia y del Ilustre Colegio Notarial de XXX, el día XXX, para hacer constar que en el día de hoy, recibo copia autorizada del acta de notificación y requerimiento autorizada por Don XXXX, Notario de XXX, el día XXX, con el número XXXX de protocolo, en la que se practica el requerimiento a que se refiere la matriz precedente, a cuya copia me remito para evitar innecesarias repeticiones y de la que haré entrega a los Sres. Requirentes.
No teniendo nada más que hacer constar doy por finalizada esta diligencia y la presente acta.
De todo lo cual, de quedar extendida esta diligencia en el mismo último folio en que lo fue la nota anterior, Doy fe.
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4, N 8ª
DOCUMENTO SIN CUANTÍA. TOTAL: (Impuestos excluidos)
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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