Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
NÚMERO
En *, mi residencia, a *.
Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *,
C O M P A R E C E N:
DON *, mayor de edad, de vecindad civil *, casado, *, vecino de *, con domicilio en *; provisto del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, *.
DOÑA *, mayor de edad, de vecindad civil *, casada, *, vecina de *, con domicilio en *; provista del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, *.
Incorporo a la presente, a solicitud de los requirentes, fotocopias, por mí, el Notario, deducidas, con valor de testimonio de sus citados DDNNI/NNIF autorizándome a que sean reproducidas en las copias que del presente se expidan.
Intervienen en su propio nombre y derecho y tienen, a mi juicio, capacidad para otorgar la presente acta, anteriormente calificada, y redactada con arreglo a minuta presentada por los requirentes, y al efecto,
E X P O N E N:
PRIMERO.- Que uno de los dos usuarios que administraban la cuenta de empresa en la red social * denominada “*”, recibió un mensaje de phising, al cual accedió el día *.
Posteriormente, el correo asociado a la cuenta, *@*.es, fue modificado por el hacker a *b@*.es, si bien, a través de un informático, han podido recuperar la contraseña de acceso gracias a esto mismo, creando el correo de forma oficial.
SEGUNDO.- Que el número de teléfono asociado a la cuenta anteriormente era el * e iniciaba sesión desde un terminal telefónico de la marca *, si bien al ser cambiado también el número de teléfono, no les es posible recuperar los accesos por la seguridad del doble paso que aplica Instagram.
TERCERO.- Que como puede comprobarse con la documentación que se aporta a la presente, los comparecientes también administran la cuenta comercial de la red social * “*”, anteriormente asociada a la citada cuenta de *.
Con dichas cuentas han realizado diferentes campañas publicitarias en los últimos años y pagos a * en los que se puede comprobar que los comparecientes, anteriormente, han sido administradores de las mismas.
Actualmente, estas cuentas de empresa son administradas por Doña *, aquí compareciente, en calidad de autónoma y de persona física lo que se acredita mediante certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT que también se incorporará a la presente.
CUARTO.- Que los links correspondientes a las citadas cuentas son los siguientes:
Usuario de *:
https://
Usuario de *:
https://
Link directo al perfil de * de DON *:
https://
Link directo al perfil de * de DON:
https://
QUINTO.- Que el correo electrónico para los permisos es el siguiente: *@*.es.
Afirman la veracidad de las manifestaciones efectuadas, así como que las efectúan, como administradores de la cuenta de Instagram “*”, a los efectos de solicitar la recuperación de su administración, lo que hacen bajo su exclusiva responsabilidad y previa advertencia que les hago de las consecuencias de la falsedad en documento público.
INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS: A solicitud de los comparecientes se incorporan a la presente:
.- Fotocopia de certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT correspondiente a la Sra. *.
.- Fotocopia de factura (nota de pago) correspondiente a campaña publicitaria realizada en la red *.
.- Y fotocopia de detalle de movimiento por importe de * correspondiente a campaña publicitaria realizada en la red *.
Así lo dicen y otorgan.
Hechas las reservas y advertencias legales.
Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, el/los comparecientes/otorgantes quedan informados y consienten la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten al compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en la Notaría de *, sita en *, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.
Leída esta acta por mí, el Notario, a los comparecientes, estos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.
De haber identificado a los comparecientes por sus reseñados documentos de identidad, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en * folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie * y números * y los * anteriores en orden de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4 y nª 8ª.
DOCUMENTO SIN CUANTÍA. TOTAL: (Impuestos excluidos)
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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