Se anunciaban errores y correcciones desde el día en que empezaron a llegar a las notarías y es normal pues la prisas son malas (más los nervios y la incertidumbre) y conducen a muchos errores. Tenemos que tener en las notarías una buena capacidad de encaje y colaborar para su solución (vía diligencias generalmente) en este momento fundamental para la economía española por causa del covid-19.
A mi se me han dado tres situaciones hasta el momento.
Primera. El cuerpo de la póliza contiene errores pero los anexos están bien y te aportan un nuevo “cuerpo” que “sustituye” al anterior con la pretensión de que los anexos se mantengan
La entidad quiere (necesita) mantener número de asiento y también fecha. Podrían hacer un anexo indicando qué errores se han cometido y pedir su intervención en número aparte, pero no lo hacen. Eso sí (y se agradece) ofrecen hacerse cargo de los gastos que se generen. No los habrá, les digo.
Evidentemente no voy a tirar el cuerpo de la póliza ya firmada a la papelera. No es lo mismo (como luego veremos), al menos para mi, sustituir un anexo por otro (un documento unido, a fin de cuentas, por otro) que deshacernos del contrato principal. Piensen en que hiciéramos esto con una escritura, ¿a que no? Pues me ha costado un rato ver como podía hacerlo pero al final he encontrado la manera (que reconozco algo enrevesada pero que creo técnicamente correcta). La entidad decía que en la capital del Reino se lo hacían, lo que no me decía es cómo se lo hacían, aunque, en realidad, no me interesaban demasiado sus explicaciones que seguro serían incompletas y más bien ininteligibles (cada uno sabe de lo suyo).
Esta ha sido la fórmula:
“DILIGENCIA SUBSANATORIA Y DE ADHESIÓN.- Yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con residencia en XXX, doy fe de que en el día de hoy, en nombre y representación de la mercantil “XXX, S.L.” (parte deudora), titular del N.I.F. XXXX, comparece de nuevo ante mi Doña XXX, XXX, con DNI/NIF XX, en su calidad de Administradora Única, por plazo indefinido, en virtud de escritura autorizada por Don XXX, Notario que fue de XXX, el día XXX, con el número XXX de protocolo, cuyas demás circunstancias esenciales constan en la diligencia de intervención de la presente póliza, para adherirse a las subsanaciones del cuerpo de la póliza precedente (hojas números UNO a DIEZ, anexos excluidos) que resultan de la nueva redacción de dichas hojas (la cual queda mediante la presente extendida en ONCE hojas, números UNO a ONCE, anexos excluidos), por lo que en total la presente PÓLIZA número XXX de la sección A de mi Libro Registro queda compuesta de TRECE hojas por mi numeradas, solo por su anverso, del UNO al TRECE, si bien, con arreglo al Artículo 153 del Reglamento Notarial (que establece que “la diligencia subsanatoria extendida antes de la expedición de ninguna copia no precisará ser trasladada en éstas, bastando transcribir la matriz conforme a su redacción rectificada)”, se subsana mediante la presente la numeración de las hojas que definitivamente la componen (en su redacción ya corregida) y el texto de la diligencia de intervención, que mediante la presente y para lo sucesivo quedará como sigue a continuación y sin que sea necesario reproducir la parte subsanada de la póliza (que se conserva con la numeración que originariamente tenía) ni tampoco la presente diligencia en las copias que puedan expedirse del presente instrumento:
“Con MI INTERVENCIÓN, yo, JUSTITO EL NOTARIO, TEXTO DE LA DILIGENCIA DE INTERVENCIÓN EN LA QUE SIMPLEMENTE SE CORRIGE EL NÚMERO DE FOLIOS Y SU NUMERACIÓN …. cuya Póliza consta, incluyendo la presente, de XXX hojas por mi numeradas, solo por su anverso, del UNO al XXX ….”.
Yo, el Notario, estimo, a mi juicio, suficientes las facultades representativas acreditadas para la subsanación del contrato de préstamo a que la presente póliza se refiere.
Me asegura que la Sociedad por ella representada se halla actualmente en vigor, que se encuentra en el ejercicio del cargo que ostenta, sin que las facultades de representación que le competen le hayan sido revocadas, limitadas, suspendidas ni modificadas en forma alguna, así como la exactitud de los datos anteriormente consignados.
En xxx, a xxx. Doy fe.
A la hora de la copia se reproducirá el cuerpo de la póliza correcto con sus anexos y su numeración correcta, si bien en la matriz habrá otras once hojas que no se reproducirán en las copias y que no deberán reproducirse en el futuro. ¿Qué podría haber confusión cuando se pidan más copias o se consulte el protocolo? Bueno pues sí pero si soy yo el que sigue en mi pueblo tendré que estar pendiente y si hay otro en mi lugar o un archivero, el problema será suyo aunque solo tendrá que leerse (e interpretar) mi diligencia. El asunto, a fin de cuentas, es que yo no voy a tirar la póliza a la basura porque haya habido un error. ¿Alguien tiene una solución mejor? Sustituirla sin más con una simple diligencia no me convence.
Evidentemente, el cliente comparece y el Banco también.
Segunda. Una sola página del cuerpo de la póliza contiene un error y se sustituye por otra página con el error corregido
No es lo mismo “deshacerse” de una página que “deshacerse” del cuerpo de la póliza en su totalidad. En este caso el cliente y el Banco también comparecen.
“DILIGENCIA SUBSANATORIA Y DE ADHESIÓN.- Yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con residencia en XXX, doy fe de que en el día de hoy DON XXX, XXXX; provisto del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, XXX, en nombre y representación de la sociedad mercantil de nacionalidad española denominada “XXX, S.L.” (parte deudora), cuyas circunstancias esenciales constan en la diligencia de intervención de la presente póliza, comparece de nuevo ante mi para adherirse a la subsanación del anverso de la hoja número TRES de la presente póliza que contenía un error en la línea cuarta del apartado TERCERO que dice “XXX” debe decir “XXX” cuyo error mediante la presente se subsana sustituyendo dicha hoja por otra con dicho error corregido la cual queda finalmente incorporada a la presente con el mismo número TRES.
Yo, el Notario, estimo, a mi juicio, suficientes, las facultades representativas acreditadas para la subsanación del contrato de préstamo a que la presente póliza se refiere.
Me asegura la actual existencia y capacidad jurídica de la Entidad representada, la plena vigencia de sus facultades representativas y la exactitud de los datos anteriormente consignados.
En xxx, a xxx. Doy fe.=
Tercera. El famoso anexo 0, contiene errores y se sustituye por el correcto
El cliente y el Banco comparecen.
“DILIGENCIA SUBSANATORIA Y DE ADHESIÓN.- Yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con residencia en XXX, doy fe de que en el día de hoy DON XXX, XXXX; provisto del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, XXX, en nombre y representación de la sociedad mercantil de nacionalidad española denominada “XXX, S.L.” (parte deudora), cuyas circunstancias esenciales constan en la diligencia de intervención de la presente póliza, comparece de nuevo ante mi para adherirse a la subsanación del anexo “O” PAPEL -LÍNEA: LÍNEA ICO AVALES COVID-19 que contenía sendos errores en las casillas XX y XX los cuales mediante la presente se subsanan sustituyendo dicho anexo por el que queda finalmente incorporado a la presente.
Yo, el Notario, estimo, a mi juicio, suficientes, las facultades representativas acreditadas para la subsanación del contrato de préstamo a que la presente póliza se refiere.
Me asegura la actual existencia y capacidad jurídica de la Entidad representada, la plena vigencia de sus facultades representativas y la exactitud de los datos anteriormente consignados.
En xxx, a xxx. Doy fe.=
Cuarta. El famoso anexo 0, no fue incorporado a la póliza
El cliente y el Banco comparecen.
“1ª DILIGENCIA (SUBSANATORIA Y DE ADHESIÓN) Yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con residencia en XXX, doy fe de que en el día de hoy en nombre y representación de la mercantil “XXX, S.L.” (parte deudora), titular del N.I.F. xxxx, comparece de nuevo ante mi Doña xxx, xxx, con DNI/NIF xxx, en su calidad de Administradora Única, por plazo indefinido, en virtud de escritura autorizada por Don xxxx, Notario que fue de xxx, el día xxx, con el número xxx de protocolo, cuyas demás circunstancias esenciales constan en la diligencia de intervención de la presente póliza, para adherirse a la incorporación a la misma del anexo ICO LÍNEA DE AVALES COVID-19 compuesto de tres hojas que constituirán las HOJAS números NUEVE, DIEZ y UNO de las TRECE (NUMERADAS DEL UNO AL TRECE) que comprende ahora la póliza en total, cuyo anexo queda incorporado a la presente.
Yo, el Notario, estimo, a mi juicio, suficientes, las facultades representativas acreditadas para la subsanación del contrato de préstamo a que la presente póliza se refiere.
Me asegura la actual existencia y capacidad jurídica de la Entidad representada, la plena vigencia de sus facultades representativas y la exactitud de los datos anteriormente consignados.
En xxxx, a xxxx. Doy fe.=”
Quinta. El cliente renuncia a la condición suspensiva y el contrato produce efectos desde el primer día
Se pretende además que se indique que el cliente percibió ya los fondos en tal fecha. Este caso me viene de un compañero y pienso que o se resuelve preparando un anexo que se firma y se interviene o firmando una diligencia subsanatoria en tal sentido los interesados con el Notario. Me gusta más la primera solución, aunque sea yo el que acabe preparando el anexo.
Ya me lo pensaré cuando me aparezca el caso….
Tres días después y ya me ha aparecido un caso. La entidad me manda un e-mail con un adjunto que dice:
“Le informamos de que en relación a la operación de préstamo número xxxx formalizado el día xxx entre xxx S.L. y Banco, S.A. con su intervención, ha sido presentada por esta entidad para la obtención de la garantía del aval de ICO, en cumplimiento de lo dispuesto en el propio contrato, al amparo de lo previsto en la línea ICO-COVID 19 y ha resultado aprobada por ese Organismo resultando cumplida la condición suspensiva pactada en el contrato. Por lo que le requerimos para que proceda a dejar constancia en cada uno de los documentos mediante diligencia con el siguiente tenor literal: “DILIGENCIA ADICIONAL DE CUMPLIMIENTO DE CONDICION SUSPENSIVA.- “La extiendo yo, el Notario, para hacer constar que con relación a este préstamo, BANCO S.A. en ejercicio de la autorización otorgada por la prestataria y resto de intervinientes me informa y acredita haberse cumplido las condiciones suspensivas previstas en el contrato, por lo que queda este con plenos efectos desde la fecha de su firma, habiendo abonado Banco S.A. el capital prestado al cliente con fecha xxxx”.
¿En cada uno de los documentos? ¿Tenor literal? ¿Diligencias de intervención conforme a minuta? ¿Acredita? Lo siento, pero yo eso así no estoy conforme en ponerlo, así que he redactado una diligencia con este otro tenor literal:
“DILIGENCIA ADICIONAL DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIÓN SUSPENSIVA.- La pongo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con residencia en XXXX, para hacer constar que en el día de hoy recibo en mi dirección de correo electrónico corporativo (justitonotario@correonotarial.org) y desde la dirección ppalotes@banco.com, que corresponde a quien se identifica como Don xxxx,“comunicado de aprobación del aval del ICO sobre el préstamo firmado con xxxx, S.L. para emitir diligencia adicional de cumplimiento de condición suspensiva”, cuyo correo adjunta un documento firmado en tal sentido por las entidades deudora y acreedora.
Por la presente diligencia dejo incorporado, a los efectos de la presente póliza, el e-mail recibido impreso en papel común y el documento adjunto al mismo a cuyos documentos asigno los números de hoja ONCE y DOCE por lo que la presente Póliza de PRÉSTAMO A INTERÉS VARIABLE EURIBOR, contrato número xxxx incorporada con el NÚMERO xxx a la Sección A de mi Libro-Registro, queda compuesta de TRECE hojas por mi numeradas, solo por su anverso, del UNO al TRECE.
En xxx, a xxx. Doy fe”.=
Otra opción sería que el Banco te entregue en mano el comunicado de aprobación del aval, en cuyo caso podría decirse esto otro:
“DILIGENCIA ADICIONAL DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIÓN SUSPENSIVA. La pongo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con residencia en XXXX, para hacer constar que en el día de hoy me hacen entrega de la comunicación de la aprobación del aval del ICO sobre el préstamo a que se refiere la presente póliza, con la finalidad de emitir diligencia adicional de cumplimiento de condición suspensiva.
A tal fin, por la presente diligencia dejo incorporado, a los efectos de la presente póliza, dicha comunicación extendida en un folio de papel común escrito por su anverso y firmada por la entidad acreedora a cuyo documento asigno el número xxxx por lo que la presente Póliza de xxxxxx, contrato número xxxx,incorporada con el NÚMERO xxx a la Sección A de mi Libro-Registro, queda compuesta de xxxx hojas por mi numeradas, solo por su anverso, del UNO al xxxx.
En xxx, a xxx. Doy fe”.=
O tal vez esto otro:
“DILIGENCIA ADICIONAL DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIÓN SUSPENSIVA. La pongo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con residencia en XXX, para hacer constar que en el día de hoy me hacen entrega de la comunicación de la aprobación del aval del ICO sobre el préstamo a que se refiere la presente póliza, con la finalidad de emitir diligencia adicional de cumplimiento de condición suspensiva.
A tal fin, por la presente diligencia dejo incorporado, a los efectos de la presente póliza, dicha comunicación extendida en un folio de papel común escrito por su anverso y firmada por la entidad acreedora a cuyo documento asigno el número (LA SIGUIENTE A LA ÚLTIMA CONTANDO LAS QUE HAYA DE DILIGENCIAS DE INTERVENCIÓN Y ADHESIÓN) por lo que la presente PÓLIZA de CONTRATO DE PRÉSTAMO, número XXXX, incorporada con el NÚMERO XXX a la Sección A de mi Libro-Registro, queda compuesta de (NÚMERO TOTAL) hojas por mi numeradas, solo por su anverso, del UNO al xxxx.
En xxxx, a xxx. Doy fe”.=
Sexta. El plazo para abonar el dinero es de 20 días, han transcurrido ya y el dinero no ha llegado
El texto de la modificación propuesta es este:
“Acuerdan: Primero. Ampliar el plazo para el cumplimiento de la condición suspensiva fijado en la póliza. Las partes de común acuerdo convienen en ampliar el plazo inicialmente fijado para el cumplimiento de la condición suspensiva, y, a tal efecto, convienen establecer un nuevo plazo de 30 días hábiles para el cumplimiento de la referida condición suspensiva. Dicho plazo se computará desde la fecha de la presente póliza modificativa. Transcurrido el nuevo plazo de 30 días hábiles sin que se haya verificado el cumplimiento de la condición suspensiva conforme a los términos pactados en la póliza, la misma se tendrá por no cumplida, la póliza no entrará en vigor y no producirá efecto alguno entre las partes. Segundo. Elevación a público. Las partes declaran aplicable a la presente póliza modificativa, lo pactado en la póliza respecto de la elevación a público. Tercero. Novación. Las partes pactan de lo previsto en el presente documento no supone novación ni modificación de las demás cláusulas pactadas por las partes en la póliza identificada en el encabezamiento, sus cláusulas adicionales y anexos, que se mantendrán invariables y en los mismos términos acordados por las partes en la póliza de la que la presente es póliza modificativa“.
Para mi el tenor literal está claro (al menos desde la óptica notarial): Se trata de hacer una póliza con número de Libro Registro independiente. Una notita en la póliza subsanada y a correr.
Pero, ¿será esto lo que quiere el Banco … ¿y el ICO? Pues no lo puedo asegurar y, por tanto, lo preguntaría: ¿queréis que sea bajo el mismo número de Libro Registro o en número aparte? Si dicen que en el mismo número (y lo comprendería con el follón que hay montado), pues habría que recurrir, tal vez, a la fórmula Cuarta. Como el caso no es mío, si me surge publicaré la solución que le de según lo que me digan o la que me proponga la compañera. Por supuesto, en este caso firmando el prestatario y, a mi juicio, también el Banco si ya se había adherido.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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Buenas tardes. En primer lugar, agradecerte estas entradas sobre temas que nos encontramos en el despacho, pero de los que nadie más escribe. Y en segundo lugar, te quería preguntar ¿qué haces en la opción 4? ¿vuelves a numerar todas las hojas de la póliza? ¿y qué haces con la numeración anterior?¿Pones un digo?
¿No se podría poner la hoja añadida detrás de la hoja que tiene nuestra intervención?
Un saludo.
Buenas tardes Laura:
Todas esas diligencias están mejoradas en mi segundo libro.
Me queda un ejemplar y agoto la tirada. Sería una buena compra ;)) y los envío dedicados.
Gracias por tus palabras. Luego echo un vistazo pero todo esto es artesano y sujeto a mejor interpretación de cada uno. Lo que tengo claro es que había que procurar hacerlo bien y no hacer salvajadas.
Un abrazo, Justito El Notario.