Curiosa combinación: Mira Payá ..
¿No puedes firmar en Cartagena?
Un amigo arquitecto, listo, inteligente, bien preparado, interesado siempre en hacer bien las cosas y buena persona como pocas de las que conozco, me pregunta que si podemos firmar una escritura en la ciudad dónde vivo que está a 110 kilómetros de donde trabajo y que no es ni del mismo término, ni del mismo Distrito, ni de la misma provincia, ni del mismo Colegio Notarial y Comunidad Autónoma. Me dieron ganas de decirle, “pero, vamos a ver, ¿entonces para que te crees que llevo hechos 486.000 kilómetros al coche? Si pudiera firmar allí, no vendría aquí, ¿no te parece?”. Solo lo pensé y luego se lo expliqué de otro modo.
El llamado a la herencia
Le explico a un consultante que “los llamados a la sucesión intestada de su tío (que entiendo que tampoco tenía ya vivos a sus padres al fallecer) son el hermano vivo y los hijos de los hermanos fallecidos. No sé si esos tres sobrinos (usted y otros dos) son hermanos o no (el primo podría ser hijo de su tío vivo o hijo de otro hermano muerto, no me lo aclara del todo), pero si su tío tuviera dos hermanos (uno vivo y otro muerto), el 50% de la herencia sería para el vivo y el otro 50% para los tres sobrinos por partes iguales y si tuviera tres hermanos (el vivo y dos muertos), el 33,33% sería para el tío vivo, otro 33,33% para el sobrino de un hermano muerto y el otro 33,33% para los otros dos sobrinos (16,66% cada uno). Es decir, tantas partes como hermanos y luego tantas partes en la parte de cada hermano como hijos (sobrinos) tuviera. Por supuesto, siempre que los hermanos hayan muerto antes que el tío (si el orden de los fallecimientos fuera otro, la cosa cambiaría). Así que, si usted no quiere nada, tendrá que renunciar pues está llamado a la herencia. La herencia no es para el hermano vivo, también es para los sobrinos hijos de hermanos muertos. Las herencias no son para los que las reclaman. Las herencias son para los que tienen derecho a ellas y si teniendo derecho no las quieren, pues tienen que renunciarlas. Cuidado con las renuncias, porque cuando se renuncia a una herencia, otro resulta llamado a la parte renunciada. No tengo datos suficientes para valorar a quien habría que llamar si usted renuncia”.
Esta fue la respuesta: “Muchas gracias, pero no me queda claro quién me llama a la herencia. Ningún estamento legal se a puesto en contacto conmigo. ¿Espero a que alguien se ponga en contacto conmigo para renunciar?”
Entonces le dije: “A las herencias nos “llama” un testador, o nos “llama” la ley. A usted le llama la ley (pues no hay testamento) pero no recibirá la llamada de nadie. Debe sentarse con sus primos y decidir lo que quieren hacer. El “llamamiento” es un término legal en el sentido que le indico”.
El oficio más antiguo
Hace muchos años se celebró un concurso para determinar cuál era el oficio más antiguo que existe. Ya eliminados muchos participantes, quedaron cuatro: médico, arquitecto, Notario y político.
El médico dice:
– Dios creo a Eva de una costilla de Adán, una operación quirúrgica, luego el de médico es el oficio más antiguo.
El ingeniero sonríe con suficiencia y dice:
– Nada de eso, pues antes de crear a Adán, Dios creó los cielos y la tierra, los ríos y montañas, obra de ingeniería. Por eso, la mía es la profesión más antigua.
El Notario no está de acuerdo y dice:
– Ah, no. Recuerden que antes de crear el mundo, Dios creó a los ángeles. Y, según la tradición hebrea, al primero le asignó la función de notario: el arcángel Metatrón, el Escribano de Dios.
El político niega con la cabeza para sorpresa del Notario, que vuelve a tomar la palabra.
– ¿Cómo que no? Antes de la creación no existía nada…, solo existía el caos.
Y el político ríe y dice:
– Y el caos ¿quién cree usted que lo formó?
Carpetas notariales
“Quiero construir sobre un terreno de mis suegros”
La respuesta en Twitter no se hizo de esperar: “¿Un mausoleo?”.
Gracias a Carmelo, Juan Pedro, José Luis y María.
Nos vemos en el Episodio LII.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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