Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Mi hermano dice que mi padre decía (trabajaron juntos muchos años) que de las escrituras hay que leerse hasta los cantos. Yo añadiría que, además, pedir notas simples en todo caso. Luego pasa lo que pasa y si no se lo creen, vean lo que voy a contar aquí y ahora.
Las consecuencias del error que esta escritura subsana son de aúpa:
- Se cobró de mas en la notaría.
- Se pagó mas Impuesto de Sucesiones.
- Se cambió la titularidad catastral de un inmueble.
- Se giró el IBI y la tasa de basuras a quienes no eran sus propietarios.
- Podría girarse IIVTNU por la transmisión hereditaria a quien no corresponde.
- Podría girarse un nuevo IBI y una nueva tasa de basuras a quien no corresponde.
Y todo esto supone:
- Que hay que abonar lo cobrado de mas en la notaría.
- Que hay que tramitar una devolución de ingreso indebido.
- Que hay que tramitar una instancia general en la SEC.
- Que hay que solicitar la devolución del IBI y las tasas pagadas indebidamente.
- Que habrá que estar al tanto de lo que ocurra con el IIVTNU.
- Y que habrá que estar al tanto de lo que ocurra con IBI y basuras.
Se lo dice uno que suele revisar todas sus escrituras o en el momento anterior a su firma cuando no se prevé que presenten ningún problema o en el día previo si hay algo que se considere que yo deba controlar. Tengo ahora una oficiala que me está haciendo innecesarias algunas revisiones, pero no me explico ni me explicaré jamás como es posible que haya gente que no lea las escrituras. Se ve que todos los menos avispados y mas exigentes me tocan a mí. De este asunto de no leer arguyendo que el Reglamento Notarial lo permite, ya hablaremos en otro momento que este fin de semana ya les he aburrido suficientemente con mis publicaciones.
NÚMERO
En *, mi residencia, a *.
Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *,
C O M P A R E C E N:
DON
DOÑA
DOÑA
Intervienen en su propio nombre y derecho y tienen, a mi juicio, capacidad para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto,
E X P O N E N:
PRIMERO.- Que por escritura otorgada bajo mi fe, el día *, con el número * de protocolo, se adjudicaron la herencia de su tía Doña *, en la forma y condiciones que en dicha escritura constan y a la que en evitación de repeticiones innecesarias los comparecientes se remiten.
SEGUNDO.- Que se padeció el error involuntario de incluir en el inventario de dicha herencia, la finca urbana (registral número * de las del Registro de la Propiedad de *, sita en término municipal de * *, catastrada, erróneamente a nombre de los comparecientes, bajo la referencia *), la cual, no formaba parte del caudal hereditario, dado que, dicha finca solo pertenecía a la causante en concepto de fiduciaria, puesto que se encontraba gravada con una sustitución fideicomisaria en favor de *, a quienes corresponde recibirla tras el fallecimiento del esposo de la causante Don *, que fue quien la estableciera en su testamento.
Los datos catastrales se acreditan con certificación catastral, descriptiva y gráfica, obtenida de la Sede Electrónica de Catastro a través de los medios telemáticos legalmente previstos que incorporo a esta matriz.
TERCERO.- Esto expuesto,
O T O R G A N:
PRIMERO.- Que dicha finca (registral *), causa baja en el caudal hereditario de la herencia, en cuanto a su valoración, que fue de * así como su correspondiente ajuar doméstico (3% de su valor), que asciende a la cantidad de *, y por tanto, una vez detraída de la herencia, las cuentas de la misma quedarían del siguiente modo:
Integra la herencia de Doña *, su haber privativo, es decir, la cantidad de *, excluido el ajuar, y *, incluido ajuar.
SEGUNDO.- Expuesto cuanto antecede, el haber de cada uno de los tres sobrinos, también quedaría modificado como a continuación se indica (y no como fue indicado en la citada escritura de herencia que por la presente se subsana):
Haber de los sobrinos y herederos *.
Por herencia de su tía, Doña * la cantidad total de * es decir, la cantidad de * cada uno de ellos.
TERCERO.- Los comparecientes, ACLARAN, la escritura antes citada, de adjudicación de la herencia de su tía, de *, en los sentidos indicados en los dispositivos anteriores.
CUARTO.- Los comparecientes, RATIFICAN, en cuanto a lo demás, la escritura subsanada mediante la presente y solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad competente practique los asientos oportunos en los Libros a su cargo.
QUINTO.- MANIFESTACIONES FISCALES. Los comparecientes manifiestan que fue presentada a liquidación en la Oficina Liquidadora de *, con fecha *, número de entrada *, la escritura objeto de subsanación mediante la presente, correspondiendo a las liquidaciones de los herederos los siguientes códigos:
.- * el relativo a la liquidación de *.
.- * el relativo a la liquidación de *.
.- * el relativo a la liquidación de *.
Igualmente manifiestan que, como consecuencia del error padecido, presentaran las liquidaciones que fueran oportunas y solicitarán la devolución del ingreso indebido en cuanto a la parte que en la herencia represente el valor del inmueble que no forma parte de la misma.
A tales fines, los comparecientes solicitan se les apliquen las reducciones que legalmente procedan en la herencia de su tía Doña *, manifestando que al tiempo del devengo del impuesto correspondiente el patrimonio preexistente de cada causahabiente era inferior al establecido legalmente como cantidad básica en la Legislación aplicable al impuesto de sucesiones al objeto de que el coeficiente multiplicador sea la unidad y su edad superior a veintiún años.
Y solicitan del Sr. Liquidador del Impuesto de Sucesiones y del Registrador de la Propiedad competente la práctica de las operaciones tributarias e hipotecarias precisas para la liquidación e inscripción de la presente escritura.
Los comparecientes me autorizan a mí, el Notario, a entregar al Ayuntamiento de * y al Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de *, copias simples de la presente escritura a efectos de la NO liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana por causa del error padecido y, por tanto, que se anulen o no se expidan las oportunas cartas de pago en cuanto a la finca objeto de la presente, erróneamente a nombre de los comparecientes, bajo la referencia *. En el caso, de haberse ya efectuado el pago, cursarán también la oportuna devolución de ingreso indebido. A los efectos que sean oportunos, la parte adquirente me requiere para que remita al Ayuntamiento correspondiente copia simple de esta escritura. Daré cumplimiento a este requerimiento mediante correo postal certificado, u otros medios habilitados a tal fin, incorporando por diligencia el correspondiente resguardo.
Igualmente solicitan del Ayuntamiento de * y del Órgano de Gestión Tributaria que se proceda a la devolución de los últimos recibos del IBI y de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos que ha sido satisfecho por ellos.
Se incorpora a la presente testimonio del pago efectuado de ambos recibidos (en realidad de uno de los dos pagos efectuados, puesto que se les ha cobrado por duplicado).
Los compareciente me autorizan a mí, el Notario, a la tramitación de los expedientes catastrales y administrativos que sean oportuno para la modificación de la titularidad catastral de la finca objeto de la presente a través de la Sede Electrónica de Catastro; la devolución del IBI y del recibo de “Residuos Sólidos” (del pago erróneo y del duplicado); la anulación de la carta de pago del IIVTNU y para practicar las liquidaciones fiscales y las solicitudes de devolución de ingreso indebido que sean necesarias en su nombre y en mi calidad de autorizante de la escritura de herencia subsanada y de la presente escritura de subsanación.
Así lo dicen y otorgan.
Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.
Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, el/los comparecientes/otorgantes quedan informados y consienten la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten al compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en *, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.
El/los comparecientes prestan su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.
Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, éstos renuncian a su derecho a leerla por sí mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.
De que conozco a los comparecientes, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en * folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie *, número * y los * folios posteriores en orden de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4 y nª 8ª.
DOCUMENTO SIN CUANTÍA. TOTAL: (Impuestos excluidos)
Tras la escritura continuamos arreglando cosas
1ª DILIGENCIA.- La extiendo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *, para hacer constar que el día *, expido y remito, vía Signo, COPIA SIMPLE ELECTRÓNICA al Ayuntamiento de *, para dar cumplimiento al requerimiento contenido en la matriz precedente y a los fines del párrafo 5 del Artículo 254 de la Ley Hipotecaria. Incorporo justificante de dicho envío a la presente. De todo lo cual, de quedar extendida esta diligencia en el mismo último folio en que lo fue la matriz precedente y en el presente, Doy fe.
NOTA: Decidí comunicar a fin de que en el Ayuntamiento tuvieran conocimiento de la situación puesto que aun no se ha girado el IIVTNU.
2ª DILIGENCIA.- La extiendo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *, el día *, para dejar constancia de que en el día de hoy, recibo justificante de presentación de la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondiente a la subsanación de otra de aceptación y adjudicación de herencia, contenida en la matriz precedente. Incorporo a la presente testimonio de dicho justificante obtenido de la Conselleria D’Hisenda I Administració Pública de la Generalitat Valenciana (Oficina Liquidadora de *). No teniendo nada más que hacer constar, doy por finalizada la presente diligencia que queda extendida en el mismo último folio en que lo fue la diligencia anterior, Doy fe.
NOTA: Decidí liquidar la escritura como exenta en tanto tomaba otras decisiones.
3ª DILIGENCIA.- La extiendo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *, el día * para hacer constar que en el día de hoy, incorporo a la presente la documentación acreditativa de la tramitación en la Sede Electrónica de Catastro del expediente relativo a la rectificación contenida en la matriz precedente consistente en el justificante de la presentación del expediente y en el escrito presentado por mí a tal fin. De todo lo cual, de quedar extendida esta diligencia en el mismo último folio en que lo fue la matriz precedente y en el presente, Doy fe.=
NOTA: Si el cambio se hubiera causado rápidamente hubiera añadido: “y en certificación acreditativa de la referencia catastral, y descriptiva y gráfica y el anexo de coordenadas georreferenciadas vértices de la finca objeto de la presente, ya catastrada a nombre de los herederos de Don * y obtenida por mi, el Notario, de la citada Sede Electrónica del Catastro a través de mi tarjeta de firma electrónica”.
NOTA DE LA NOTA: Aun no se había hecho la copia cuando la Gerencia me ha comunicado por e-mail que se había causado la rectificación. Han sido 48 horas escasas. Así que entrego copia con Catastro corregido y ahora vamos a por Sucesiones y demás cuestiones. Fantástica noticia.
NOTA (DE EXPEDICIÓN DE COPIA): En *, el día *, yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *, expido copia a instancia de DON *, en * folios de papel timbrado de uso exclusivo notarial, de la serie *, número * y los * anteriores en orden correlativo. DOY FE.- Firmado: JEN.
El escrito al que se refiere la 3ª DILIGENCIA es este
TEXTO DEL ESCRITO:
A la Gerencia del Catastro de *
JUSTITO EL NOTARIO, Notario de *, del Ilustre Colegio Notarial de *, con despacho profesional en *, comparezco ante la Gerencia del Catastro de * y como mejor proceda en Derecho EXPONGO:
I.= Que en virtud de ESCRITURA DE ACEPTACIÓN y ADJUDICACIÓN DE HERENCIA otorgada bajo mi fe, el día *, con el número * de protocolo, DON *, mayor de edad, de vecindad civil *, casado, *, vecino de *, con domicilio en * y titular del DNI/NIF *, DOÑA *, mayor de edad, de vecindad civil *, casada, cocinera, vecina de *, con domicilio en * y titular del DNI/NIF * y DOÑA *, mayor de edad, de vecindad civil *, casada, ama de casa, vecina de *, con domicilio en * y titular del DNI/NIF *, se adjudicaron la herencia de su tía Doña *, titular del DNI/NIF * y fallecida el día *, en la forma y condiciones que en dicha escritura constan y a la que en evitación de repeticiones innecesarias me remito, y en la cual, se padeció el error involuntario de incluir en el inventario de dicha herencia la finca urbana (registral número * de las del Registro de la Propiedad de Monóvar, sita en * e identificada bajo la referencia catastral *, la cual, no formaba parte del caudal hereditario, dado que, dicha finca solo pertenecía a la causante en calidad de fiduciaria, puesto que se encontraba gravada con una sustitución fideicomisa en favor de Don * y Don *, a quienes corresponde recibirla tras el fallecimiento del esposo de la causante Don *, que fue quien la ordenara en su testamento. Como consecuencia del citado error, mediante el trámite del STI el Notario autorizante procedió a efectuar la oportuna comunicación causándose ERRÓNEAMENTE la correspondiente Alteración de Titularidad, a favor de Don *, Doña * y Doña *, en la proporción de un 33,33% cada uno de ellos.
II.- Que en virtud de otra escritura otorgada bajo mi fe, el día *, con el número* de protocolo, Don *, Doña * y Doña *, procedieron a subsanar la citada escritura de aceptación y adjudicación de herencia de fecha *, a fin de dejar constancia del error padecido y que ha sido explicado en el expositivo I, en la forma y condiciones que en dicha escritura constan y a la que en evitación de repeticiones innecesarias me remito.
Esto expuesto, solicito que sean tenida en cuenta por la Gerencia Territorial del Catastro las meritadas escrituras a fin de modificar la titularidad catastral de la referencia catastral * (que se encuentra actualmente a nombre de Don *, Doña * y Doña *), para que sea restituida y modificada a nombre de los herederos de *, con DNI/NIF * o de quien legalmente corresponda.
Se acompañan copias simples electrónicas de las citadas escrituras de aceptación y adjudicación de herencia y de subsanación de la misma.
Expuesto cuanto antecede SOLICITO de la Gerencia del Catastro la subsanación del error referido a fin de que sea practicada la rectificación de la titularidad.
En *, a *.
Justito El Notario. Notario de *.
Con las copias, el escrito y el justificante de la instancia general, envío a la Gerencia provincial un e-mail con este texto de cortesía: “Por la presente les comunico que en el día de hoy (*) a través de la Sede Electrónica y en mi condición de Notario autorizante, he presentado un escrito general acompañado de la documentación que pueden ver en este e-mail. Con la finalidad de una solución más rápida del asunto, les envío todo ello mediante el presente correo. Gracias, saludos, Justito El Notario, Notario de *”.
El siguiente paso es la devolución del ingreso indebido
En la LGT es el artículo 221 el que regula la devolución de ingresos indebidos y concretamente el caso que nos ocupa sería el del 221.1 b) que dice:
1. El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos se iniciará de oficio o a instancia del interesado, en los siguientes supuestos:
b) Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación.
La plasmación de la solicitud hemos tenido que hacerla mediante un impreso 756 y acompañar este a la escritura. Ahora queda esperar que Hacienda se manifieste. Alguno me ha dicho que mientras que los fideicomisarios no paguen por lo suyo no les van devolver. A mi me parece que eso no puede funcionar así.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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