Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Se hizo la herencia. No se sabía el importe de un seguro con seguridad y se puso lo que la póliza garantiza. Luego resultó un poco mas y hubo que hacer esto:
A LA OFICINA LIQUIDADORA DEL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES DE *
DON
INTERVIENE, en su propio nombre y derecho, y en nombre y representación de su hermana:
DOÑA
Y como mejor proceda en derecho,
EXPONE:
I.- FALLECIMIENTO.
Que su padre DON *, titular del DNI/NIF * y nacido el día *, falleció el día * en su último domicilio, el ubicado en *, en estado de viudo de sus únicas nupcias con Doña *, de cuyo matrimonio tuvo y le viven sus dos únicos hijos llamados *.
II.- ÚLTIMA VOLUNTAD.
Que DON * falleció bajo testamento abierto otorgado el día *, ante Don *, Notario de *, con el número * de protocolo, en el cual instituyó herederos a sus dos citados hijos *, a quienes sutituyó vulgarmente para los casos de premoriencia, conmoriencia o incapacidad sucesoria por sus respectivos descendientes.
Se incorporan a la presente, fotocopias del certificado de defunción del causante, de su citado testamento y del certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, cuyos documentos se acompañan a la presente en unión de los oportunos originales que se exhibirán para que se devuelvan.
III.- INVENTARIO.
Que entre los bienes existentes al fallecimiento de DON * se encontraba el siguiente seguro con la compañía “*, S.A. de Seguros y Reaseguros”, que fue incorrectamente computado (por importe de *), en la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, autorizada por Don *, Notario de *, el día *, con el número * de protocolo:
.= Póliza número *, con la compañía “*, S.A. de Seguros y Reaseguros”, de la que son beneficiarios los hijos del asegurado y que da derecho a percibir la cantidad total de *, es decir, VEINTISÉIS MIL CIENTO CATORCE EUROS CON TRES CÉNTIMOS (26.114,03 €) para * y los restantes VEINTISÉIS MIL CIENTO CATORCE EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (26.114,04 €) para *.
Se incorporan a la presente, fotocopias de los justificantes relativos a dicha póliza.
Expuesto lo que antecede, SOLICITAN la práctica de las liquidaciones fiscales COMPLEMENTARIAS correspondientes por la cantidad de MIL CIENTO CATORCE EUROS CON TRES CÉNTIMOS (1.114,03 €), para cada uno de los beneficiarios, con las determinaciones legales que procedan al respecto, así como que se apliquen las reducciones que establece el Artículo 20, punto uno de la Ley de 29/1987 de 18 de Diciembre, manifestando que al tiempo del devengo de los impuestos correspondientes, sus patrimonios preexistentes eran inferiores al establecido legalmente como cantidad básica en la Legislación aplicable al impuesto de sucesiones al objeto de que el coeficiente multiplicador sea la unidad y su edad superior a los veintiún años.
En *, a *.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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