expediente catastral notario

Un nuevo expediente catastral (instancia general para subsanación de error) y el 47 de la Ley del Catastro

Estoy lanzando con el asunto de los expedientes en la Sede Electrónica de Catastro. Esta semana he presentado cuatro. De ellos, tres son por modificaciones diversas (uno para una división horizontal) y otro por un error no ocasionado en la notaría sino en el propio Catastro que cursó mal una alteración de titularidad en base a una escritura de herencia mía. En este último supuesto, por razones que no vienen al caso, no pude hacer uso del STI  aunque pienso que de haberlo podido utilizar no hubiéramos conseguido una comunicación directa (CD). La herencia en cuestión ha tenido sus dificultades adicionales y aunque no fui el causante del error he decidido echar una mano a esta familia que, con mi intervención vía Sede, tendrá una solución inmediata al error. El de la división horizontal ha ocasionado que me llegara a mi (a fin de cuentas yo presento el expediente) una notificación con acuse de recibo desde Catastro (vía OGT de la Diputación) en la que se me pedía “planos de cada planta a escala y acotados en diez días hábiles”. Lo cierto es que algo esperaba porque pasé el expediente con dificultades precisamente por no aportar planos (ya me lo sé para la siguiente) pero he contactado con un técnico que hará el trabajo por unos 220 Euros y que me dice que no me preocupe por el plazo. Con una “gestión” más y un poco más de gasto esta familia tendrá el tema resuelto en breve. Lástima que no tuviéramos el croquis por planta catastral que en algunas parcelas existe en formato pdf.

La cuestión de este expediente (instancia general) me llevó a charlar con un compañero que también tira de expedientes catastrales a menudo (bueno, en realidad él es el Maestro y yo el Pequeño Saltamontes) sobre los casos o supuestos (al margen de los errores propios o ajenos) en que utilizábamos la Sede (acceso libre no reservado a fedatarios). Él me dijo que solo en los casos del Artículo 47.2 de la Ley del Catastro que dice: “2. Cuando las modificaciones a que se refiere el artículo 40.2 consistan en agrupaciones, agregaciones, segregaciones o divisiones de fincas o se trate de la constitución sobre ellas del régimen de propiedad horizontal, el notario remitirá al Catastro, en el plazo de cinco días desde la autorización del documento, copia simple de la escritura junto con el plano o proyecto, si se lo presentase el interesado, para que se expida una nueva referencia catastral. El Catastro comunicará la nueva referencia catastral al notario autorizante del documento público en el plazo de 24 horas, para su constancia en la matriz por diligencia o nota al margen. La misma documentación se aportará para la asignación notarial de la referencia catastral provisional en los supuestos de obra nueva en construcción en régimen de propiedad horizontal”.

Yo, en cambio, me he lanzado también a las obras y a los cambios de uso, especialmente cuando el Catastro está fatal a nivel suelo. Veremos a ver cuál es el resultado de estos expedientes más allá de la norma.

Entre tanto, aquí va esa instancia general que espero tenga pronto resultado. Me pregunto si esta clase de cosas (subsanaciones de errores) las podemos (más bien “las debemos”) hacer en casos como el mío (el de una escritura nuestra reciente) o en otros casos (el de escrituras viejas o de nuestros predecesores en la notaría). Tengo mis reservas más que nada porque me da miedo interferir en actuaciones catastrales en curso cosa que no veo posible que suceda con escrituras de hace pocos días o semanas.

La instancia general

Por la presente les comunico que en el día de hoy (xxxxx) a través de la Sede Electrónica y en mi condición de Notario autorizante, he presentado un escrito general acompañado de la documentación que pueden ver en este e-mail. Con la finalidad de una solución más rápida del asunto, les envío todo ello mediante el presente correo. Gracias, saludos, Justito El Notario”

TEXTO DEL ESCRITO

Gerencia del Catastro de XXX

Procedimiento: Comunicación de alteración de orden jurídico

Expediente: xxx

Documento: xxx

Justito El Notario, Notario de XXX, del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con despacho profesional en XXXX, comparezco ante la Gerencia del Catastro de  Alicante y como mejor proceda en Derecho EXPONGO:

1º) Que el día XXX bajo el número XXX de mi protocolo fue autorizada en mi sustitución por incapacidad accidental escritura de adjudicación de herencia por la que Doña XXX titular de  DNI/NIF xxx se adjudicó la totalidad de la finca registral número XXX (XXX) la cual tiene asignada la referencia catastral XXX. Se adjunta a la presente una copia simple de la referida escritura en la cual aparece descrita dicha finca.

2º) Que la referida escritura ha causado una incorrecta alteración catastral puesto que ha sido catastrada a nombre de dicha señora en cuanto al 50% y de DOÑA xxx (en cuanto al restante 50% en pleno dominio) cuya señora comparecía en dicha escritura pero no fue adjudicataria de porcentaje alguno de dicha finca por lo que una vez advertido dicho error comunico a la Gerencia del Catastro los datos correctos a fin de que sea recogida en las bases catastrales la correcta titularidad de dicha finca que, conforme a la indicada escritura, corresponde al 100% y en pleno dominio a Doña XXXX.

Expuesto cuanto antecede SOLICITO  de la Gerencia del Catastro la subsanación del error referido. En xxx a xxxJustito El Notario.

Ya saben que el procedimiento termina con e-mail a la dirección de fedatarios.provinciaquesea@…. adjuntando exactamente lo mismo que hemos enviado a la SEC (y cuatro líneas más a modo de explicación)  junto con el justificante obtenido. Pronto voy a tener mi primera alumna.

Esto de las alegaciones, solicitudes, recursos, expedientes y demás es ya una carga de trabajo difícil de sobrellevar. A los cuatro expedientes de esta semana tengo que añadir seis recursos de reposición contra plusvalías (cálculos erróneos y pérdidas), otros cuatro por sanciones de una agencia tributaria autonómica y dos nuevos expedientes para la semana que viene más otros dos que están pendientes de que el técnico me envíe todo en pdf y gml. Voy a acabar poniendo una gestoría.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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