teoría de la minimización de los errores

Expedientes de alteración catastral y subsanación en la Sede Electrónica de Catastro tramitados por el Notario (la minimización y solución del error)

 

Lo vi en la web culturizando.com

“En las vastas extensiones del error, la verdad no es más que un punto”

Jean-François Marmontel (escrito y dramaturgo francés)

 

Hace poco, cuando este post estaba en gestación y a propósito del pago del 0,1% de AJD en declaración de obra por autopromotor en la Comunidad Valenciana, un amigo me dijo que a unos clientes de la oficina bancaria donde trabaja se lo gestionó la gestoría de la entidad que lo tributó al 1,5%. Lacónicamente me dijo:

“A la gestoría le importa poco la vida de sus clientes. Voy a hacerle yo la solicitud de devolución por ingreso indebido.

Yo en los últimos meses (desde que terminaron mis vacaciones) he presentado varios expedientes en la Sede Electrónica del Catastro; unas alegaciones contra una propuesta de liquidación a una oficina liquidadora de distrito hipotecario; media docena de solicitudes de anulación de liquidaciones de plusvalía al Órgano de Gestión Tributaria de la Diputación de Alicante (SUMA) y otra más a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia y otras tantas solicitudes de no liquidación de plusvalía municipal al SUMA a pesar de que la solicitud y la acreditación de la alegación en que estaban basadas las mismas ya estaban igualmente formuladas en mis correspondientes escrituras.

Todo esto cuidando al extremo todos y cada uno de los documentos que hago en su fase previa, simultánea y posterior al otorgamiento. Si con todo lo que hago minimizo el error (vean aquí lo que llevo subsanado este año) pero no lo hago desaparecer, ¿qué nivel de errores ocultos o descubiertos genera una práctica profesional descuidada como la que se da en tantísimas oficinas públicas y privadas? Aún así a la gente le gusta más tener aparcamiento cerca, que no le hagan esperar, que la notaría sea muy confortable y el Notario muy simpático.

En fin, seguiré clamando en el desierto y explicaré en este post los cinco casos en los que he tenido que actuar en materia de Catastro.

Como dice mi confidente-compañero catastral:

“Estoy convencido de que tiene que ver con que no somos cualquier“piernas”presentando papeles. Ser Notarios les supone una garantía de que, para empezar, el escrito está bien redactado y, para terminar, que lo que se pide es porque es la realidad. Me supongo que reciben cada semana decenas de peticiones a mano de gente enfadada y cuyos escritos no hay por donde cogerlos, y los nuestros presentan un fumus boni iuris.

En relación con la cuestión de que seamos los Notarios los presentadores, podría surgir algún problema (a posteriori) si no se completa-aporta la autorización del cliente en el expediente, pero lo cierto es que en el único caso que he tenido, la cosa se ha resuelto en mi favor. Esta es la historia: “Primer paso: Jefe, han llamado del OGT de la Diputación (de la que depende el Catastro) y dicen que necesitan una autorización del contribuyente para poder presentar el expediente de alteración catastral, respecto a la escritura xxx-xxx. Segundo paso: Escribo un e-mail: Buenos días xxx: La verdad es que como fedatario autorizante no completo la autorización porque considero que no es necesaria, aunque comprendo que sea discutible. Por otra parte, la tramitación de los expedientes por esta vía tiene los días contados puesto que estamos ya con una fase de pilotaje en el Colegio Notarial de Valencia que esperemos que en breve nos permita comunicar, por nuestro acceso especial de fedatarios, los expedientes que tengamos que cursar. Dicho esto, ¿de qué manera podemos suministrar la autorización? El cliente me llama cada quince días por este asunto. Gracias. Saludos. Tercer paso: Buenos días, después de su correo, he hecho consulta a Catastro y me dicen que puedo admitir el declarativo sin autorización al haber sido presentado por la SEC desde la notaría. Le adjunto de todas maneras el modelo de autorización para que lo tenga en la notaría. Muchas gracias y disculpe la molestias. Cuarto paso: Agradecimiento: Ninguna molestia. Todo lo contrario. El modelo de autorización está también en la SEC pero nunca lo había usado. De un tiempo a esta parte sí que lo estoy diciendo en las escrituras (el cliente me autoriza a la tramitación).  Pienso que el trato directo con “catastro” desde la notaría es muy positivo porque nos entendemos mejor que cuando es el contribuyente el que se intenta entender con el Catastro. Saludos”.

Primer caso: Un 900D que no lo era

Supe luego (porque me llamaron de Catastro) que hubiera sido apropiado recurrir a “Presentar otras solicitudes, ESCRITOS Y DOCUMENTOS GENÉRICOS”.

PASO UNO

“Gerencia del Catastro de XXX

REF/ Procedimiento: COMUNICACIÓN DE ALTERACIÓN DE ORDEN JURÍDICO

Expediente: EL QUE CONSTABA EN LA COMUNICACIÓN RECIBIDA POR MI CLIENTE

Documento IDEM

JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXXX, del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con despacho profesional en XXX, comparezco ante la Gerencia del Catastro de XXXX y como mejor proceda en Derecho EXPONGO:

1º) Que el pasado día XXX bajo el número XXX de mi protocolo autoricé escritura de declaración de edificación y compraventa en la que Don xxx titular de DNI/NIF xxx, transmitió a Doña xxx, titular de DNI/NIF xxx, la finca registral XXX del registro de la propiedad de XXX, en término de XXXX la cual tiene asignada la referencia catastral XXXX.Se adjunta a la presente una copia simple de la referida escritura en la cual aparece descrita dicha finca.

2º) Que la referida escritura fue comunicada a la Gerencia del Catastro a través del Sistema de Tramitación Inmobiliaria de la plataforma telemática SIGNO a fin de cambiar la titularidad catastral de la finca si bien, por error en dicha comunicación, se hizo constar que la finca transmitida tenía la asignada la referencia catastralXXX, lo que provocó la alteración de la titularidad catastral de la totalidad del pleno dominio de esta última referencia catastral (perteneciente igualmente a Don xxx) la cual figura desde entonces catastrada erróneamente a nombre de Doña xxx, titular de DNI/NIFXXX.

Se adjunta a la presente, copia de la certificación catastral descriptiva y gráfica referida a la alteración catastral errónea, de la que resulta que la titular es actualmente Doña xxx, cuando lo debe ser Don xxxx.

3º) Que una vez advertido dicho error por información recibida de los interesados, comunico a la Gerencia del Catastro los datos correctos.

Expuesto cuanto antecede SOLICITO de la Gerencia del Catastro la subsanación del error referido a fin de que se restituya la titularidad de la referencia catastral XXX a Don xxx.

En XXX a XXX”.

PASO DOS:

Una vez que conseguí la justificación del envío (que hice con el anterior escrito en formato pdf, copia simple de la escritura y CSV de la comunicación recibida del Catastro) envié un mail a fedatarios.provincia@catastro.minhafp.es con este texto:

“Por la presente les comunico que el pasado día xxx a través de la Sede Electrónica y en mi condición de Notario autorizante y comunicante por la vía del Servicio de Tramitación Inmobiliaria, presenté un 900Dacompañado de la documentación que pueden ver en este e-mail. Con la finalidad de una solución más rápida del asunto, les envío todo ello mediante el presente correo. Gracias, saludos, Justito El Notario, Notario de xxx.”

PASO TRES:

Al día siguiente (sí, al día siguiente) me comunicaron esto:

“Buenos días. En relación con la información suministrada por correo electrónico, indicarle, que se ha procedido a incoar el oportuno procedimiento de rectificación, nº xxxx, retrotrayendo las actuaciones. En las próximas fechas le será notificado el correspondiente acuerdo catastral. Saludos. xxx. Jefe de Servicio de Coordinación de Procesos Catastrales. Gerencia Territorial del Catastro de xxxx. http://www.catastro.minhafp.es”.

¡INCREIBLE! Muy fácil y rápido.

Segundo caso: Un auténtico 900D

PRIMER PASO:

“Gerencia del Catastro de xxx

REFERENCIAS/ Procedimientos: COMUNICACIÓN DE ALTERACIÓN DE ORDEN JURÍDICO

Expediente: xxx y xxx

Documento xxx y xxx

JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX, del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con despacho profesional en XXX, comparezco ante la Gerencia del Catastro de XXX y como mejor proceda en Derecho EXPONGO:

1º) Que el pasado día XXX bajo el número XXX de mi protocolo autoricé escritura de extinción de condominio y donación en la que Doña xxx titular del DNI/NIF xxx, resultó adjudicataria de la finca registral número XXX (finca número 2 del inventario) indicándose que dicha finca constituía solo parte de la parcela XXX del polígono XX del Catastro de Rústica de XXX, catastrada erróneamente en su totalidad a nombre de Don xxx bajo la siguiente referencia XXX.

En la misma escritura Doña xxx procedió a donar dicha finca registral a su hijo Don xxx, titular del DNI/NIF xxx.

Se adjuntan a la presente una copia simple de la referida escritura en la cual aparece descrita dicha finca, así como las comunicaciones recibidas por la Sra. XXX relativas al acuerdo de alteración de la adjudicación derivada de la disolución de condominio y de la no alteración de la derivada de la donación.

Igualmente se incorporan la comunicación recibida por Don xxx relativa al acuerdo de baja de titularidad, junto con la escritura que acredita su propiedad de parte de la catastral citada en la que igualmente se hizo constar que constituía parte de esta y no la totalidad de ella.

2º) Que la referida escritura de disolución de condominio y donación fue comunicada a la Gerencia del Catastro a través del Sistema de Tramitación Inmobiliaria de la plataforma telemática SIGNO señalándose la finca en cuestión como “identificada y dudosa” y generándose a pesar de ser objeto de la escritura solo una parte de la catastral, una Comunicación Directa para el acto de extinción de condominio y una Comunicación Indirecta para el de donación.

3º) Que una vez advertido dicho error por información recibida de los interesados, lo comunico en mi condición de fedatario autorizante de ambas escrituras a la Gerencia del Catastro a fin de que en base a la documentación técnica incorporada a ambas escrituras sea segregada la catastral XXX en dos parcelas diferentes una a favor de Don xxx y otra a favor de Don XXX (titular del DNI/NIF xxx).

Expuesto cuanto antecede SOLICITO de la Gerencia del Catastro dicha segregación en los mencionados términos.

En xxx a XXX. JUSTITO EL NOTARIO”.

SEGUNDO PASO:

Una vez que conseguí la justificación del envío (que hice con el anterior escrito en formato pdf, con copias simples de las escrituras, planos en pdf y los CSV de las comunicaciones recibidas del Catastro envié un mail a fedatarios.provincia@catastro.minhafp.es con este texto:

“Por la presente les comunico que el día XXX a través de la Sede Electrónica y en mi condición de Notario autorizante y comunicante por la vía del Servicio de Tramitación Inmobiliaria, presenté un 900D acompañado de la documentación que pueden ver en este e-mail. Con la finalidad de una solución más rápida del asunto, les envío todo ello mediante el presente correo electrónico. Muchas gracias, saludos, Justito El Notario, Notario de XXX”.

TERCER PASO:

En un brevísimo plazo me contestaron desde Catastro. ¡Conseguido! (con matices, pero conseguido).

“Estimado Sr. Notario. En relación con la alteración declarada, he de informarle que el expediente nº XXX (declarativo_parcela XX polígono XX de XXX), presentado, por usted, el XXX, se ha procedido a recalificar como rectificación de errores, procediéndose a reponer la titularidad de la parcela XXX del polígono XXX, cuyos cambios serán notificado a los interesados. Por otro lado, se nos indica se proceda a la segregación de la parcela XXX y a su vez se pone de manifiesto, en escritura pública, la falta de concordancia entre la descripción catastral de la parcela XX y la realidad inmobiliaria, pero no se inicia el procedimiento del artículo 18.2 TRLCI. Procedimiento de Subsanación de discrepancias previa intervención notarial (actuaciones que deben ser informadas por medios telemáticos, a través de los formatos de intercambios aprobados). Por lo que, en aras de la eficacia en la gestión catastral, y aportándose documentación gráfica y jurídica de los dos interesados, se ha procedido a recalificar el expediente remitido por esa Notaria, nº XXX (suministro de información al no cumplir los requisitos que permiten iniciar el procedimiento), en un procedimiento de subsanación de discrepancias del artículo 18.1 TRLCI, con la finalidad de proceder a conciliar la descripción catastral con la realidad inmobiliaria de la parcela XXX. Para cualquier aclaración, puede dirigirse a través del buzón de fedatarios de esta Gerencia, fedatarios.xxx@catastro.minhafp.es. Saludos, XXX. Jefe de Servicio de Coordinación de Procesos Catastrales. Gerencia Territorial del Catastro de XXXX http://www.catastro.minhafp.es”

Tercer caso: Otro 900D

PRIMER PASO:

“REFERENCIA/ Procedimiento: COMUNICACIÓN DE ALTERACIÓN DE ORDEN JURÍDICO

Expediente: EL INDICADO EN LA COMUNICACIÓN

Documento: ÍDEM

JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX, del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con despacho profesional en XXX, comparezco ante la Gerencia del Catastro de XXX y como mejor proceda en Derecho, EXPONGO:

1º) Que el pasado día XXX bajo el número XXX de mi protocolo autoricé escritura de agrupación, segregaciones, extinción de condominio, declaración de ampliación de edificación y cesión al Excelentísimo Ayuntamiento de XXX en la que Don xxx y DOÑA XXX, titulares de los Documentos Naciones de Identidad y Números de Identificación Fiscal XXX y Don xxx y Doña xxx titulares de los Documentos Nacionales de Identidad y Números de Identificación Fiscal XXX, formalizaron una serie de operaciones (las descritas en el título de la escritura y antes citadas) sobre las parcelas catastrales siguientes: XXXXXXX.

Se adjuntan a la presente una copia simple de la referida escritura en la cual aparecen descritas las fincas afectadas, así como la correspondiente documentación técnica y la comunicación recibida por el Sr. XXX comunicándole una de las alteraciones de titularidad relativa a una de esas fincas, si bien todo el conjunto de la escritura, según comprobación por mi efectuada, no ha causado los debidos cambios catastrales hasta el momento.

Expuesto cuanto antecede SOLICITO de la Gerencia del Catastro que practique las operaciones de agrupación y segregación (con cesión para viales) en los términos de la meritada escritura resultando de todo ello las titularidades adjudicadas, inclusive la otorgada a favor del Excelentísimo Ayuntamiento de XXXX.

En XXX a XXX. Justito El Notario”.

SEGUNDO PASO:

Una vez que conseguí la justificación del envío (que hice con el anterior escrito en formato pdf, con copia simple de las escrituras, planos en pdf y los CSV de las comunicaciones recibidas del Catastro envié un mail a fedatarios.provincia@catastro.minhafp.es con este texto:

“Por la presente les comunico que el día xxx a través de la Sede Electrónica y en mi condición de Notario autorizante y comunicante por la vía del Servicio de Tramitación Inmobiliaria, presenté un 900D acompañado de la documentación que pueden ver en este e-mail. Con la finalidad de una solución más rápida del asunto, les envío todo ello mediante el presente correo electrónico. Muchas gracias, saludos, Justito El Notario, Notario de XXXXX”.

TERCER PASO:

Pasadas dos semanas no había recibido respuesta, así que escribí un nuevo e-mail y un par de días después me llamaron para decirme que cuando se trataba de errores a través de la SEC había que cursar una instancia general y luego enviar todo por e-mail (pero no hacer 900D). Además, me dijeron que no quieren que se envíe el e-mail sin hacer uso de la SEC.

Horas después me llegó un e-mail:

“Buenas de nuevo. En relación con el expediente de referencia, he de indicarle que se ha procedido a elevar la propuesta de modificación de la descripción catastral de las parcelas afectadas. Dichos acuerdos serán notificados en los próximos días, una vez se haya procedido a su firma, en su caso, a los interesados afectados. Atentamente, le saluda, XXX. Jefe de Servicio de Coordinación de Procesos Catastrales. Gerencia Territorial del Catastro de XXXX. http://www.catastro.minhafp.es”

También supe que no me habían contestado antes porque estaba de vacaciones y que están algo saturados pues entre cuatro personas se ocupan de toda la provincia a estos efectos.

Otro asunto que quedó solucionado.

Cuarto caso

PASO UNO: TEXTO DEL ESCRITO PRESENTADO (900D):

“Gerencia del Catastro de XXX”

JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXXX, del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con despacho profesional en XXX, comparezco ante la Gerencia del Catastro de XXXX y como mejor proceda en Derecho EXPONGO:

Que el pasado día xxx bajo el número xxx de mi protocolo autoricé escritura de DECLARACIÓN DE AMPLIACIÓN DE EDIFICACIÓN Y DE ACTUALIZACIÓN DESCRIPTIVA DE FINCA en la que Don xxx y Doña xxx, titulares de los Documentos Nacionales de Identidad y Números de Identificación Fiscal xxxx, formalizaron las meritadas ampliación de obra y actualización descriptiva sobre parte de la parcela xx del polígono xx del Catastro de Rústica de xxx, erróneamente catastrada en su totalidad a su nombre junto con las edificaciones existentes en su interior (la que es objeto de dicha escritura y otra existente dentro de la misma parcela catastral que no es de su propiedad), bajo la siguiente referencia: xxxx.

Se adjuntan a la presente una copia simple de la referida escritura en la cual aparece descrita la finca afectada, así como la correspondiente documentación técnica a fin de que se causen los oportunos cambios catastrales.

Expuesto cuanto antecede SOLICITO de la Gerencia del Catastro que practique las operaciones de actualización descriptiva en los términos de la mencionada escritura.

En xxx a xxx. Justito El Notario, Notario de XXX”.

PASO DOS:

Una vez que conseguí la justificación del envío (que hice con el anterior escrito en formato pdf, copia simple de la escritura y planos) envié un mail a fedatarios.provincia@catastro.minhafp.es con este texto:

“Por la presente les comunico que el pasado día xxx a través de la Sede Electrónica y en mi condición de Notario autorizante y comunicante por la vía del Servicio de Tramitación Inmobiliaria, presenté un 900Dacompañado de la documentación que pueden ver en este e-mail. Con la finalidad de una solución más rápida del asunto, les envío todo ello mediante el presente correo. Gracias, saludos, Justito El Notario, Notario de xxx.”

PASO TRES:

A los quince días recibí esta respuesta:

“Estimado Notario. Le informo en relación con el correo remitido, que se ha procedido a su tramitación por el procedimiento abreviado, estando actualmente en fase de notificación el acuerdo adoptado. Saludos. xxx. Jefe de Servicio de Coordinación de Procesos Catastrales. Gerencia Territorial del Catastro de xxxx. http://www.catastro.minhafp.es””.

¡Genial! Sin embargo, viendo las características del asunto (habíamos solicitado un 199.2) me puse a pensar, ¿debía haber mandado la escritura directamente al Registro? Y estas fueron mis conclusiones:

  • CUANDO hay un 199.2, hacer uso de la SEC es DUPLICAR EL PROCEDIMIENTO, AUNQUE SE PUEDE ADELANTAR TRABAJO. El registro con la base gráfica alternativa puede registrar tras realizar los trámites del 199.2 sin oposición. Es el propio procedimiento del 199.2 el que establece que el registro, una vez inscrita la escritura con la base gráfica alternativa, comunica todo al Catastro para que se proceda al cambio. Cuando el Catastro cambia, se lo notifica al registrador y este practica la coordinación. Antes de esta comunicación de Catastro la escritura queda inscrita, pero sin coordinar. Durante la pendencia del procedimiento catastral de cambio instado por el registrador permanece vigente una anotación preventiva de que el procedimiento de regularización catastral que finalizará con la coordinación está en tramitación. Cuando ya llega lo del Catastro al registro este coordina y cancela la anotación preventiva.
  • Cuando hay un 199.1 NO HACE FALTA NADA PORQUE EL CATASTRO ESTÁ BIEN.
  • CUANDO HAY UN 201: SÍ QUE HACE FALTA el trámite a través de la SEC.
  • Por supuesto para el trámite debemos disponer de las coordenadas GML (suelo y suelo ocupado y si es una segregación o una agrupación las de la finca que se segrega o las de la resultante de la agrupación).

Quinto caso (mi primer escrito general):

Viernes. Una dura semana. Un día muy largo. Aún quedan varias cosas por hacer. Se comete un error en el último STI del día y me tengo que poner a preparar un escrito general para presentar en la SECReconozco que le di un puntapié a una puerta y que pegué un grito en plan Luke cuando se entera que Darth Vader es su padre.

PASO UNO:

“Gerencia del Catastro de XXXX

Procedimiento:Comunicación de alteración de orden jurídico.

Expediente:XXX (el que consta en el documento recibido enSIGNO).

Documento:XXX (ídem).

JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX, del Ilustre Colegio Notarial de xxx,con despacho profesional en xxx, comparezco ante la Gerencia del Catastro de xxx y como mejor proceda en Derecho EXPONGO:

1º) Que en el día de hoy (xxx) bajo el número xxx de mi protocolo he autorizado escritura de extinción de condominio por la que Doña xxx titular de DNI/NIF xxxse ha adjudicado la totalidad de la finca registral número xxxx (xxx, Registro de xxx) la cual tiene asignada la referencia catastral xxxx.

Se adjunta a la presente una copia simple de la referida escritura en la cual aparece descrita dicha finca.

2º) Que la referida escritura ha sido comunicada a la Gerencia del Catastro a través del Sistema de Tramitación Inmobiliaria de la plataforma telemática SIGNO a fin de cambiar la titularidad catastral de la finca si bien, por error en dicha comunicación, se ha hecho constar, además de la indicada referencia, otras dos más que no corresponden a la misma y cuya titularidad se ha modificado ERRÓNEAMENTE en favor de dicha señora:

  • 00…
  • 03…

3º) Que una vez advertido dicho error comunico a la Gerencia del Catastro los datos correctos de la comunicación a fin de que se restaurada la titularidad de las fincas modificadas erróneamente a sus legítimos y anteriores titulares (manteniendo la modificada correctamente).

Expuesto cuanto antecede SOLICITO de la Gerencia del Catastro la subsanación del error referido a fin de que se restituya la titularidad de estas dos citadas referencias catastrales.

En xxx a xxx.Justito El Notario. Notario de XXX”.

PASO DOS:

Después envié todo por e-mail a la dirección fedatarios. Adjunté copia simple electrónica, la comunicación recibida por SIGNO y el escrito preparado con el texto anterior. El envío ha de ser en un Zip (que era la primera vez que creaba). Acompañé todo con este texto:

“Por la presente les comunico que en el día de hoy (xxx) a través de la xxx y en mi condición de Notario autorizante y comunicante por la vía del Servicio de Tramitación Inmobiliaria, he presentado un escrito general acompañado de la documentación que pueden ver en este e-mail. Con la finalidad de una solución más rápida del asunto, les envío todo ello mediante el presente correo. Gracias, saludos, Justito El Notario, Notario de xxx”

PASO TRES

A los cuatro días, recibí este e-mail:

“Estimado Sr. Notario: Le informo que sea procedido a la tramitación del expediente de referencia, reponiendo las titularidades de las referencias catastrales correspondientes. Por lo que en los próximos días, les será notificado a los interesados. Saludos xxx. Jefe de Servicio de Coordinación de Procesos Catastrales. Gerencia Territorial del Catastro de xxxx. http://www.catastro.minhafp.es”.

Tras recibir la contestación aproveché para dar las gracias y preguntar:

“Buenos días: Muchas gracias. Que alivio. A través de mi blog www.justitonotario.es me relaciono con compañeros suyos en otras Gerencias y hay uno de xxx que me insiste en que las tramitaciones de errores no requieren expediente en la SEC (escrito general) y que hasta se resuelven por e-mail o con una llamada telefónica. Según nuestra conversación de hace unas semanas, sí que lo requieren, ¿correcto? Por otra parte, ¿todos los Notarios de España podemos efectuar estos trámites y comunicarlos en la dirección de correo de una provincia que no sea la nuestra? Gracias por la ayuda, la verdad es que es fantástico este sistema. Saludos y gracias, Justito El Notario”.

Después hablé el tema con mi compañero confidente catastral que me dijo:

“Las veces que me he equivocado lo he resuelto con el combo SEC más mail a fedatarios. Dentro de dos años cuando alguien pregunte, habrá registro de lo que pasó. Si los temas se arreglan con una llamada, dentro de dos años a ver quién se acuerda. Es el mismo motivo por el que no he averiguado como se encripta y saca el hash de la documentación unida a las actas previas de las hipotecas, para facilitar el trabajo del que venga después. Es una especie de solidaridad intergeneracional que supone un esfuerzo y que no da ingresos, pero que, por ahora, me parece asumible. Por cierto, desde que vi el libro sobre la descripción de la finca me interesó, sin embargo, en mi zona los compradores funcionan con SIGPAC y no les sacas de ahí. Viven con una descripción registral en la que constan polígonos y parcelas antiguos y superficies en fanegas. Catastro y SIGPAC lo suelen tener ajustado. Se quejan del coste y del trámite registral. Me han llegado a plantear una escritura de agrupación para tener Catastro arreglado pero sin interés en inscribirla en el registro. Ante estas proposiciones, la coordinación realidad, registro y Catastro salta por los aires. En cuanto al tema de los las direcciones de correo electrónico “fedatarios” tengo entendido que son solo para fedatarios provinciales, pero estoy convencido de que si un notario de Alicante escribe a la cuenta de Lugo, le atenderían con cariño. Tiene un fuerte componente provincial todo esto”.

Seguiremos informando … pero anticipo que procuraré hacer un tutorial para que todo se termine de comprender; que no es indispensable el escrito de representación de nuestros clientes (somos los autorizantes); que nos basta con la FEREN; que hablaremos del STI (que antes o después, y parece que muy pronto, nos permitirá hacer todo esto) y del arancel.

Por cierto, desde que me lancé he tenido oportunidad de hacer otros cuatro expedientes más. En tres casos el cliente no ha querido gastar las cuatro perras que cobro. En el cuarto, estoy pendiente de su abogado que, estoy seguro, va a aceptar mi propuesta.

Otras batallas contra el error

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

9 comentarios

  1. Hola, Justito. No sé si te acordarás de mí. Nos conocimos es una “circunstancia” bastante especial…

    Leo tu blog a menudo, y no siempre estoy de acuerdo con algunos comentarios valorativos que haces, pero es de justicia que te de las gracias por este post, porque para un caso concreto me ha sido de utilidad, no enorme, sino enormísima, como la lesión ultradimidium en Navarra.

    Mil gracias y un fuerte abrazo.

    • Hola Miguel:
      Claro, por supuesto … MUY ESPECIAL ¡
      Me alegro de que te sea útil. Yo he cogido ritmo con este tema y voy a uno por semana. Ya me he lanzado a provincias limítrofes.
      Bueno, no sé a qué valoraciones te referirás concretamente pero no me extraña puesto que creo que tengo una visión de muchas cosas (notariales) que no es la habitual.
      Gracias por decírmelo. Es genial saberse útil.
      Un abrazo, Justito El Notario.

  2. Vaya, resulta que en el Catastro trabajamos personas “normales”.
    Justito, ¿Los casos que cuentas son de un Gerencia o de varias?

    • Hola Luis:
      Estos son todos de mi provincia. De hecho con tu pregunta me respondes a una duda tonta que tenía: ¿Puedo tramitar un expediente vía SEC en la Gerencia de Zaragoza o en la de Toledo?
      Sería absurdo que no fuera así.
      Y otra menos tonta, ¿esto está habilitado en todas las Gerencias provinciales?

      Me refiero al expediente sede+comunicación mail fedatarios.

      Por lo demás, yo no soy de los que se apuntan a lo fácil que resulta decir “el Catastro está fatal”. No practico ese deporte nacional. Precisamente por eso me indigno cuando llega alguien con la cantinela de “en el Catastro … en el Registro .. en Hacienda .. me han dicho que os habéis equivocado”.

      De colectivos no se puede hablar, hay mediocres, vagos, incompetentes y ladrones en todas partes.

      Gracias, saludos, Justito El Notario.

      • El procedimiento es el mismo para todas las Gerencias. Los escritos a través de la sede se redirigen a la Gerencia correspondiente. En todas las gerencias hay una dirección de email fedatarios.xxxx@catastro.
        Y recuerda que para corregir errores de las comunicaciones no debes iniciar ningún expediente 900 no nada. Sólo ponte en contacto con la Gerencia y se solucionará lo antes posible.
        Esperamos que pronto se puedan tramitar comunicaciones de alteraciones físicas.
        Saludos.

        • Hola Luis:
          La persona con quien hablé en mi provincia, me dijo que todo debía cursarse por la Sede, incluida la subsanación de errores si bien había que utilizar una “instancia general”.
          De momento no he recibido respuesta a mi e-mail.
          Gracias por la información, saludos, Justito El Notario.

          • Tienes el teléfono, dales un toque. No hace falta que seas tú en persona.

          • Hola Luis:
            Me lo dijo el Jefe Territorial telefónicamente en persona (es más, me llamó él para advertirme).
            No creo haberle entendido mal. Todo por la Sede. Nada directamente por e-mail.
            Ya sabes que todos estos temas los llevo personalmente en mi despacho.
            Saludos, Justito El Notario.

          • Buenos días Luis:
            Aprovechando que el error ya se ha subsanado y que me lo han comunicado, he preguntado si el método el correcto (de momento no me han dicho lo contrario). A ver que me contestan.
            No sé si lo entendí bien, pero me suena que me dijeron que todo ha de hacerse por la Sede porque esta está en “conexión” con el Órgano de Gestión Tributaria de la Diputación (el SUMA). No me hagas mucho caso con esto.

            Saludos y gracias, Justito El Notario.

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