Con motivo de una escritura de aumento de capital de una sociedad limitada a inscribir en el registro mercantil de Murcia (oye majos, que amables sois y cuantas facilidades dais al personal que os llama desde las notarías sobre todo a los que somos de otra provincia, aunque sea de la de al lado), me veo obligado a complicarme la vida (maldita y absurda ficha resumen) para procurarme y procurarle a mi cliente una manera de devolverle su escritura debidamente liquidada e inscrita (como es lógico y natural estando como estamos en el año 2020 y no en 1999).
Estas eran las posibles opciones
- Vía Signo-Serfides: Imposible por causa de la llamada ficha resumen que no es posible cumplimentar en caso de un aumento de capital.
- Vía Serfides: Imposible ¿por el estado de alarma? Lo consulté a Serfides y esta fue la respuesta: “En relación a su consulta, le informo de qué podemos hacer la liquidación pero no presentarla –ver modo vía 3- para que luego usted pueda adjuntarla a su presentación telemática en el registro mercantil. Lo que ocurre es que no podemos hacerlo hasta que no abran las oficinas de Hacienda en Murcia, pues en este momento se encuentran cerradas”. Y, entonces, – pensé luego- ¿Serfides no puede utilizar el PACO? Si utilizaran el PACO me lo podrían solucionar sin problema, ¿no?
- Vía PACO sin presentación telemática: Imposible. El mercantil no va a admitirlo, aunque con su extraordinaria amabilidad y vocación de servicio público sean incapaces de facilitarnos un poco el camino y simplemente nos remitan a cualquier otro Notario que nos explique cómo lo hace como si la cosa no fuera también con ellos.
- Vía PACO con presentación telemática: Posible pero si me doy de alta como colaborador. Y eso es lo que hago, pero sin final feliz porque PACO (que a veces parece HAL el de 2001) me lo pone bastante difícil.
Vean, vean ..
Conversando con el “PACO”
PACO:
“Solicitud de alta telemática del programa PACO. Usuario: xxx. NIF: xxx. Se le informa de su alta en el registro de usuarios PACO. El acceso a la descarga del programa PACO se puede realizar en la página Web e-tributos, a la que puede acceder a través de http://www.carm.es. Para cualquier duda o incidencia que le surja durante el proceso de instalación o manejo del programa PACO rogamos la haga llegar a través de la dirección de correo incidenciaspaco@listas.carm.es. Sin otro particular, me despido de usted”.
Le falta decir “me despido de usted. PACO“.
JUSTITO (a través de la mencionada dirección de correo):
“Tal vez haya podido producirse un error en mi alta puesto que intento rellenar un impreso 609 (aumento de capital) y mis dos apellidos (paso 5 de 8) están en la misma casilla y no me es posible ni borrar el segundo, ni añadir el segundo en la casilla que está vacía. ¿Podrían confirmarme algo y corregir el error si fuera un problema derivado de mi alta o de que como Notario me encuentre mal registrado? Gracias, saludos”.
PACO:
“Estimado colaborador: Los datos correspondientes al presentador (paso 5 de 8) se obtienen directamente del certificado difgital. Lo que usted nos comenta se debe a que su certificado digital tiene los dos apellidos en el campo del primero, por ello la aplicación lo muestra así. Puede resolver el problema de su certificado o instalarse el programa PACO y cumplimentar el modelo desde ahí. Para la descarga e instalación debe hacer lo siguiente, desde Internet Explorer, Google Chrome o Mozilla Firefox introduzca la dirección (https://etributos.carm.es/etributos/indexPortal.html) y en el menú de la izquierda encontrará una sección de Consultas y Dudas. Acceda y descárguese el documento de Preguntas Frecuentes sobre el programa PACO. Encontrará allí cuestiones referentes al proceso de alta, descarga, instalación y otras informaciones que pueden serle de utilidad. Reciba un cordial saludo”.
JUSTITO:
“Estimado PACO: He hecho mis comprobaciones en la Agencia Notarial de Certificación y en mi Colegio Notarial y tengo todo en orden. Además en ningún otro sitio en el que he hecho uso de mi tarjeta FEREN me ha surgido esa incidencia con lo que parece raro que suceda solo con su Portal Tributario. Me dicen además que como Notario ni siquiera debería necesitar ser colaborador. Así que no me cuadra nada lo que me dicen. Si pueden hacer algo se agradece y caso contrario pues ya veré que hago. Saludos y gracias, Justito El Notario“.
PACO:
“Estimado colaborador: El Portal Tributario actúa de esa manera con los datos obtenidos del certificado, no es una incidencia nueva y aunque los datos aparentemente en el certificado sean correctos, de forma interna – ¿de forma interna?- los tiene como se le ha indicado. Sentimos no poder ayudarle con la incidencia del Portal Tributario. No obstante, puede hacer la descarga del programa PACO como le hemos dicho anteriormente. Disculpe las molestias. Reciba un cordial saludo”.
Tiro la toalla … estoy en un callejón sin salida.
La solución
Finalmente, vía PACO, pero a través de otra persona (compañero para más señas), que es colaborador de PACO (como yo, aunque PACO no me quiera) y que no tiene el mismo problema que yo, consigo solucionar el asunto. ¿Cómo? Pues simplemente y llanamente porque me lo hace él como colaborador (no exactamente como Notario, pienso yo).
El compañero me explica: “Justito, te lo voy a hacer por PACO, previo envío por tu parte de copia simple a la CARM por Signo. Tengo que hacerte el modelo 609. Haré mi lote de presentación al portal tributario de la CARM (hablo de lote porque tengo varias para presentar, aunque si no es así irá la tuya sola) y lo presentaré. Al poco rato saldrá la carta de pago que te mandaré por e-mail, te la imprimes, la incorporas por diligencia a tu escritura y la presentas telemáticamente en el registro mercantil. El camino, por si solucionas tu problema en algún momento, es:
- Hacerte colaborador (que ya lo eres).
- Acceder al Portal como profesional y con nuestra tarjeta FEREN (Firma Electrónica Reconocida Notarial).
- Acceder a Gestión y cumplimentar el modelo.
- Enviar lote de presentación.
- Subir el archivo de lote generado por el PACO.
- Y consultar mis modelos para obtener carta de pago“.
Por cierto, que en estos casos es conveniente (aunque sin él también te aceptan la presentación) contar con la SOLICITUD DE TRAMITACIÓN TELEMÁTICA DEL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS Y CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN AL NOTARIO
Gracias a Eduardo Amat por su ayuda.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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