Venta mediante mandato verbal y pago tras la ratificación

venta mediante mandato verbal

Se trata de un compraventa en la que el vendedor es representado mediante mandato verbal. Tras la compraventa hay una hipoteca y se organiza un perfecto círculo vicioso: Yo no firmo si no me pagas, dice uno. Pues el Banco no suelta la pasta hasta que no ratifiques, dice el otro. ¿Y al final?

Al final, esto:

B).- PRECIO. El precio convenido de compraventa es de xxxx, que se declaran recibidos:

.- xxx, el día xxx, mediante transferencia bancaria, correspondiendo a la cuenta de abono el código xxx y a la de cargo el código xxx.

.- y el resto, es decir, la cantidad de xxxx, será abonada en el día de hoy tras la firma de la correspondiente escritura de ratificación, mediante transferencia bancaria OMF, a la cuenta de abono con código xxx (a nombre de la entidad vendedora) y con cargo a la cuenta con código xxx (a nombre de la compradora), tras cuyo pago, que se hará constar y se justificará por medio de diligencia a la presente, será otorgada por la parte vendedora a la compradora la más completa y eficaz carta de pago por el total precio de venta.

Y así continuamos hasta el final de la escritura. Un rato de después, la venta es ratificada:

NOTA: La pongo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX, para hacer constar que la presente escritura ha sido ratificada, el día XXX, por el Notario de XXX, Don XXX, número XXX de su protocolo, la cual me ha sido notificada a través de SIGNO. En XXX, a XXX. Doy fe.- Firmado: JEN.

Ratificada la venta, se añade una diligencia a la escritura:

1ª DILIGENCIA:

En xxx, mi residencia, a xxx.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX,

C O M P A R E C E N:

De una parte:

DON

Y de la otra:

DOÑA

Intervienen en el mismo concepto en que lo han hecho en la matriz precedente, y tienen a mi juicio, la capacidad y legitimación suficientes para el otorgamiento de la presente diligencia, a cuyo efecto,

E X P O N E N    Y   O T O R G A N:

Primero.- Que habiendo sido efectuada la ratificación de la presente mediante escritura autorizada bajo mi fe, en el día de hoy, ante el Notario de XXX, Don XXX, con el número XXX de protocolo, se ha efectuado el pago mediante la transferencia OMF a que se hace mención en la parte dispositiva por lo que la parte vendedora otorga la más completa y eficaz carta de pago por el total precio de venta.

Incorporo a la presente fotocopia del justificante de dicha transferencia.

Así lo dicen y otorgan.

Por supuesto, yo soy el único que lo hace así, el único que pone pegas y que no traga con el “desfase” que supone que uno venda diciendo que ha cobrado para que otro suelte la pasta tranquilo cuando su préstamo hipotecario ya está firmado y haciendo esperar varias horas al que ha vendido hasta tener el dinero en su buchaca. Claro, sin duda soy el único, les dije a todos y por esa razón estoy aún en Pinoso tras dieciocho años de carrera profesional.

HAPPY END.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario