¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquàlo tenéis.
Vamos a por el Paseo de esta semana.Â
Sentencias y Autos del TC:
Esta semana no tenemos Autos ni Sentencias del Tribunal Constitucional.
Nos vamos al Cendoj.
Sentencias del TS:
Tenemos este lunes, 22 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.
Estas 12, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial:
- STS 276/2020 Swap.
- STS 277/2020 Swap.
- STS 282/2020 Protección jurisdiccional de los derechos fundamentales. Derecho al honor. Información sobre un apuñalamiento en la calle obtenida de los policÃas que acudieron al lugar de los hechos. Interés general de la información y cumplimiento del requisito de la veracidad, al haber sido contrastada la información conforme a pautas profesionales.
- STS 283/2020 Protección jurisdiccional del derecho al honor. Informaciones relativas a los problemas laborales existentes entre un juez y los funcionarios del juzgado y a la apertura de expediente disciplinario.
- STS 302/2020 Concurso de acreedores. Consecuencias de la comunicación de insuficiencia de masa activa, previstas en el art. 1176 bis LC. Orden de prelación de créditos. Gastos prededucibles. En el caso en que se considere gasto prededucible los honorarios de unos pocos trabajadores, por ser necesario para realizar las operaciones de liquidación, posteriores a la comunicación de insuficiencia de la masa activa, en ese supuesto el carácter necesario y prededucible alcanza también a los derechos de SS que hubiera generado ese salario.
- STS 303/2020 Cláusula suelo. Control de transparencia. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
- STS 304/2020 Concurso de acreedores. El acto objeto de rescisión es la concesión de garantÃas por la sociedad concursada para asegurar la devolución de un préstamo concedido a dos personas fÃsicas relacionadas con la compañÃa (del año 2010). Con anterioridad la concursada habÃa pignorado sus acciones propias y el derecho de venta de sus participaciones en otra entidad para garantizar una póliza de crédito bancario a otra sociedad del grupo, que también estaba afianzada por aquellas dos personas (del año 2008). La concesión de garantÃas objeto de rescisión, en la medida en que es contextual, no debe considerarse acto a titulo gratuito. Pero una cosa es que no resulte de aplicación la presunción perjuicio iuris et de iure del art. 71.2 LC porque en estos casos la contextualidad de estas garantÃas, reales y personales, excluya su gratuidad, y otra la valoración de la justificación del sacrificio patrimonial que supone la prestación de la garantÃa, en atención de los beneficios directos o indirectos que podÃan derivarse para el concursado que haya prestado la garantÃa. Esta valoración no queda reducida únicamente a los casos de grupos de sociedades, sino que se aplica en cualquier caso en que se haya concedido una garantÃa sobre deuda ajena, como es el presente. La Audiencia, aunque haya partido de la consideración de que entre la concursada que otorga las garantÃas y las prestatarias no existÃa una relación de grupo, analiza si la concursada percibió alguna ventaja o beneficio directo e indirecto, y concluye que no. No está acreditado que la concesión de garantÃas en la escritura de 2010 viniera justificada por la liberación de la responsabilidad asumida en el crédito de 2008. Por eso, la conclusión alcanzada por la Audiencia es muy razonable, al apreciar que la concesión de estas dos nuevas garantÃas (personal y real) en la escritura de 2010 conllevaba un sacrificio patrimonial injustificado.
- STS 305/2020 Incongruencia. Alteración de la causa de pedir. Improcedencia de la nulidad parcial cuando se ejercita una acción de nulidad por vicio del consentimiento por incumplimiento de la normativa MiFID. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
- STS 307/2020 Responsabilidad de arquitectos y arquitecto técnico.
- STS 310/2020 Incongruencia. Alteración de la causa de pedir.
- STS 335/2020 Transporte terrestre de mercancÃas. LÃmites de responsabilidad. Excepciones. Interpretación del art. 61.3 LCTTM.
- Y STS 349/2020 Alimentos a hija menor de edad. Retroactividad. Art. 148 del Código Civil. La cantidad fijada en sentencia de primera instancia se abonará desde la interposición de la demanda.
Y estas 10 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarÃas (si es que las hay):
- STS 299/2020 Arrendamientos urbanos. Local de negocio. Contrato celebrado antes del 9 de Mayo de 1985. Aplicación de la DT 3ª de la LAU 1994. Arrendatario persona fÃsica. Se extingue el contrato por su jubilación o fallecimiento, salvo que haya lugar a subrogación. El arrendatario a que se refiere la norma es el que lo sea en el momento de entrada en vigor de la nueva ley.
- DESTACADA STS 306/2020 Reconocimiento de deuda. Doctrina general. Presunción de la existencia de causa. Consecuencias de la omisión de fiscalidad del reconocimiento.
- DESTACADA OPOSITORES STS 308/2020 Contrato de opción de compra. Ejercicio tempestivo. Valoración probatoria en la instancia. Obligación de la concedente de cancelar gravamen hipotecario sobre el inmueble antes de la elevación a público del contrato de compraventa. Incumplimiento. Reclamación de cantidad: devolución de la prima doblada. Interpretación de los contratos: reiteración de jurisprudencia.
- STS 309/2020 Condiciones generales de la contratación. Improcedencia de los controles de transparencia y abusividad en contratos entre profesionales. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
- DESTACADA STS 311/2020 Contratos. Nulidad absoluta. Concurrencia de causa ilÃcita. Negocios jurÃdicos conectados que determinan la privación de derechos hereditarios.
- DESTACADA OPOSITORES STS 312/2020 Prohibición del pacto comisorio: su extensión a los negocios indirectos (simulados o fiduciarios) incluida la “venta en garantÃa”. Su nulidad. Evolución de la jurisprudencia. El caso de la compraventa con pacto de retroventa simulada en función de garantÃa. No concurre en el presente caso por no haberse acreditado en la instancia la existencia de un pacto verbal de retro ni la existencia de una deuda disimulada respecto de la que la compraventa actúe en función de garantÃa. El préstamo supuestamente garantizado, tras la ampliación de su plazo de amortización, estaba ya vencido a la fecha de la compraventa, y su importe fue retenido como parte del precio de la compra, que cumple asà una función solutoria y no de garantÃa.
- STS 313/2020 Contrato. Anulabilidad por error que vicia el consentimiento. Error invalidante. Compra de chalet con vistas al mar. Carácter esencial de esa caracterÃstica. Error excusable.
- DESTACADA OPOSITORES STS 314/2020 Liquidación de la sociedad de gananciales. Derecho de reembolso del dinero privativo invertido en la adquisición de un bien ganancial aunque no se hiciera reserva del reembolso.
- DESTACADA STS 315/2020 No cabe plantear en un recurso extraordinario por infracción procesal la vulneración de las normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso, debiendo acudirse al recurso de casación. Actos de comunicación procesal: significación y relevancia: doctrina constitucional; notificaciones: nulidad de ejecución hipotecaria: improcedencia: no hay infracción de norma procesal ni indefensión material del deudor ejecutado que tras recibir personalmente la notificación de la demanda y el requerimiento de pago en el domicilio señalado para notificaciones en la escritura de constitución de la hipoteca, y mantenido en la posterior escritura de novación, no se personó en el procedimiento ni recogió el aviso de correo de la notificación remitida por el juzgado a la misma finca, en que se notificó la demanda, relativa al señalamiento para subasta, por lo que posteriormente este trámite se notificó mediante edictos.
- Y DESTACADA STS 336/2020 Abusividad de cláusula de vencimiento anticipado en contrato de préstamo personal. Fianza solidaria. Acción de cumplimiento contractual y reclamación de cantidad.
Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 184/2019, la STC 178/2019 y en la STS 349/2020.
El Paseo Jurisprudencial de este lunes, tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.
Como va haciéndose cada vez más difÃcil, tras LV Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquÃ.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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