La situación catastral de las fincas objeto de las escrituras requiere, en ocasiones, hacer constar alguna cosa especial.
Estas son algunas de ellas:
- D).- La parte vendedora se obliga con la parte compradora, por medio de la presente, a dar de alta correctamente en la Gerencia del Catastro, las fincas objeto de la presente escritura, haciendo frente a todos los gastos que ello conlleve, terminando a tal fin el correspondiente expediente pendiente de resolución por parte de la Gerencia del Catastro y a otorgar cuantos documentos públicos y privados puedan ser necesarios a fin de lograr la inmatriculación de las fincas objeto de la presente en el Registro de la Propiedad.
- SEGUNDO.- MANIFESTACIÓN. Los cónyuges Don xxx y Doña xxx, manifiestan que la finca objeto de la presente escritura está catastrada erróneamente a su nombre y que la finca colindante sita en la Calle xxx, número xxx, se encuentra catastrada erróneamente a nombre de la aquà vendedora, cuando le pertenece con carácter privativo a Don xxx (por escritura de donación de su madre anteriormente citada) por lo que, a los efectos oportunos y por medio de la presente reconocen no ostentar derecho alguno sobre la finca que es objeto de transmisión y consienten la realización o continuación de los oportunos trámites y gestiones catastrales.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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