“Mi hermana y yo tenemos una casa en un pueblo heredada de mi madre. El problema, es que ella no la tenÃa escriturada. Para escriturarla nosotras, ¿nos podemos encontrar con algún problema? Hemos hecho la aceptación de la herencia ante Notario, pero la casa no la hemos inscrito en el Registro de la Propiedad“.
Aquày aquà tengo explicada la diferencia entre aceptar y adjudicarse la herencia (que supongo que es lo que han hecho ustedes).
Por lo que me parece entender la casa no tenÃa escritura hasta ahora, pero se ha incluido en la herencia de su madre, ¿correcto? No sé si se habrá descrito con arreglo a Catastro o no. Si asà ha sido, hay una opción bien sencilla: hacer este documento. Necesitarán ustedes una certificación catastral descriptiva y gráfica con coordenadas que la propia notarÃa les puede facilitar.
Otra opción es esperar a una nueva transmisión (una venta por ejemplo o una donación).
Resumiendo:
Herencia+acta con catastro ok = inscripción.
Herencia+una nueva transmisión con catastro ok= inscripción
Es sencillo. Acuda a la notarÃa para que le informen de la mejor opción que siempre será la que conjugue lo que ustedes quieran con el menor gasto fiscal.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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