usted necesita abogado

Usted necesita un abogado

Hace años cuando estaba en mi primera notaría un amigo procurador se extrañaba de que determinados asuntos llegaran tan poco depurados a mi despacho y hubiera tanto por hacer en muchos de los casos que llegaban a mis manos. Él ejercía y ejerce en una ciudad que está entre las más grandes de España y yo le explicaba que la notaría de pueblo (de pueblo pequeño que yo aún no he pasado de una localidad que supere las nueve mil almas) tiene otro funcionamiento más próximo y de confianza para el cliente. En los pueblos se vive de otra manera y se funciona también de otra manera en los asuntos propios de una notaría. Pero esa idiosincrasia de la notaría rural, no puede suponer que todo haya de resolverse por la notaría o en la notaría. Todo tiene un límite y hay que aproximar en muchas ocasiones nuestra forma de trabajar a la de localidades más grandes o a la de las ciudades, les guste o no les guste a nuestros clientes que no suelen no comprender que el Notario les envíe a un Abogado.

Como soy muy epistolar, afición que heredé de mi padre, me comunico mucho vía e-mail con mis oficiales (a pesar de que los pueda estar viendo desde algún ángulo por la puerta de mi despacho). Les comunico novedades, pautas, quejas, les hago recordatorios, les explico, les advierto y les hablo de multitud de cosas.

El otro día mi epístola se titulaba “Usted necesita un abogado”

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Comenzaba mi carta comentando que el público no tenía derecho a la elección del oficial que se encarga de hacer su escritura, al menos en una notaría de las características de la mía. O lo diré de otro modo, el público no tiene derecho a IMPONER quién quiere que le haga su escritura, porque no tiene porqué meterse en la organización de mi oficina.

Luego pasaba a explicar qué asuntos, por sus características, requieren la intervención de un Abogado y qué ha de hacerse cuando el cliente insiste en no entenderlo o en no verlo del mismo modo que nosotros.

¿Cuáles son las características de esos asuntos que hacen necesario ponerlos en manos de un Abogado y que quedan fuera de la competencia de la notaría?

No se manda a un Abogado a nadie porque su asunto sea difícil o novedoso.

Estoy seguro de que a los Abogados se les ocurrirán más casos para añadir a mi listado, pero aquella mañana a mí me vinieron a la mente asuntos con las siguientes características:

  • Asuntos que requieren poner de acuerdo a las partes más allá de lo podríamos considerar “normal” en una notaría. A la notaría hay que venir con el acuerdo bajo el brazo.
  • Asuntos que requieren la preparación de cualquier tipo de documentos privados: subsanatorios, complementarios, contrarios o contradocumentos, previos o posteriores. Oigan, que el documento privado no es pecado, lo que es pecado es que se lo haga un Notario o no traerlos liquidados o no liquidarlos cuando corresponda.
  • Asuntos que, una vez firmados, requieren un seguimiento posterior más allá de lo que podríamos considerar “normal” o propio del funcionamiento de la oficina notarial, incluyendo los trámites de gestión o inscripción que en la notaría no se lleven.
  • Asuntos que requieren un especial estudio o investigación para desembocar o conducir a la firma de una escritura o que impliquen una configuración del negocio jurídico desde el punto de vista fáctico, civil, mercantil, hipotecario o fiscal, más allá de lo que sea considerado “normal” o propio de la función notarial.
  • Y por último, asuntos que requieran una celeridad, digamos, excesiva para la firma de documentación “complicada”, que al mismo tiempo son asuntos que habitualmente suelen participar de una o varias de las características anteriores.

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Por supuesto, en muchas ocasiones, y especialmente en las actas, es necesario que el borrador o minuta, más o menos avanzada, sea presentado por el Abogado de nuestros clientes.

No hago mención a una buena cantidad de asuntos en que la competencia NO corresponde al Notario como en las desgraciadamente habituales situaciones de incapacidad o en las autorizaciones judiciales en temas de menores que (como otras materias) son completamente ajenas a la función notarial y que, por tanto, han de ser encargadas y resueltas fuera de nuestro ámbito.

Una vez que la escritura esté firmada y a pesar de que el especial seguimiento posterior pueda requerir de la intervención del Abogado, en mi notaría seguiremos con la misma disponibilidad de siempre cuando se produzcan incidencias normales que son las derivadas del Catastro, de Hacienda y por supuesto de los Registros de la Propiedad, Mercantiles u otros Registros a los que acceda la documentación notarial. Nada de desentenderse y desviar nada a otras instancias, nada de: “eso no es cosa mía” salvo que claramente se trate de una cuestión fuera de nuestra competencia o labor.

¿Y si el cliente no lo entiende?

Pues tendrá que asumir nuestro criterio o buscarse otro Notario.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

8 comentarios

  1. Estimado compañero. Excelente artículo. Contribuyo con el feo caso en que el desacuerdo entre los interesados no se centra en el negocio, sino en las personas en sí. Pongo un ejemplo. Viene siendo cada vez más habitual el caso de novios que compran piso y se hipotecan de solteros y poco tiempo después se pelean. En estos casos se suele firmar la correspondiente extinción de condominio y subrogación hipotecaria con liberación de uno y asunción por el otro. Por desgracia, en algún caso se plantea que ambos estén de acuerdo en firmar, es decir, de acuerdo con el “negocio” y que la desconfianza se centre en la persona, y sea tal que no se quiera recurrir al poder notarial, pero tampoco compartir “espacio” con esa otra persona, el «yo en la misma habitación que “el” (o “ella”) no me meto. Que firme, luego me traen “los papeles” y yo firmo en otro despacho después de ver lo que él ha firmado». La labor de la Notaría se complica enormemente cuando las personas no están de acuerdo; pero cuando quienes lo estuvieron rompen, cuando el amor se transforma en desamor y en paranoia, la situación puede llegar a rozar lo surrealista. Y no solo hablo de novios, también hermanos… No es lugar un comentario para abordar algo tan incomprendido por muchos como el principio de unidad de acto notarial. Tan solo dejo la anécdota de un caso idéntico al que planteo (el de los novios). En él estaba presente el director del banco para la firma. Ante la situación comentada, hizo algo que, obviamente, los oficiales de la Notaría no van a hacer jamás. Era un hombre mayor, curtido en muchas lides, los había ayudado mucho y conocía bien a las familias. Montó en cólera y les espetó a cada uno de los novios: “¿Hace dos días metidos en la cama y ahora no podéis miraros a la cara cinco minutos? Mostrad madurez, y vamos al despacho del Notario”. Y entraron, sin mirarse y muy colorados, pero entraron. Y se firmó. Un abrazo.

    • Buenos días Juan Pedro:
      Efectivamente es un caso frecuentísimo que en ocasiones no queda más remedio que poner en manos del abogado.
      El final de la historia es buenísimo y, efectivamente, oficiales y Notarios no podríamos decir.
      Gracias por tu participación.
      Si te interesa saber como es el funcionamiento de mi blog, echa un vistazo aquí:
      https://www.justitonotario.es/tercer-aniversario-justito-el-notario-como-funciona-mi-blog/
      En resumen: lunes, sentencias (o anécdotas); martes, doctrina (o anécdotas); miércoles, oposiciones; jueves, presente notarial; viernes, manducare; sábados, domingos, festivos nacionales, navidad, Semana Santa y agosto, post reeditados.
      Un abrazo, Justito El Notario.

  2. Buenos dias.
    En primer lugar f felicitarle, por poner en valor la función de los abogados,un tanto despreciados en los últimos tiempos.
    Las personas, con tantos cambios legislativos con atribuciones competenciales de distintos profesionales, llega a confundir lo que cada uno de éstos puede y debe hacer por ellos.
    Si Notarios y abogados no damos a conocer ese limite, tendremos personas descontentas con lo que han firmado y que vienen al despacho del abogado cuando ya les han surgido problemas con lo firmado en la notaria. Vienen con el firme convencimiento de que el @bogado les va a defender….un poco tarde verdad?

    NUNCA DEBEN OLVIDAR que la función del abogado es INFORMAR al cliente de sus derechos, opciones, distintas posibilidades frente a un asunto, para que ese cliente bien informado, pueda descubrir sus intereses, decida cuales son y entonces su abogado los hará valer frente a todos, protegiendolos y defendiéndolos ya sea en la notaría o en el Juzgado. El cliente y su abogado siempre podran llegar a acuerdos con las otras partes, acuerdos sopesados sobre la base de la previa informacion y por tanto libres…porque solo en esas condiciones un acuerdo puede ser libre.

    Abogado siempre podrá acordar con las otras partes

    • Buenas tardes:
      Gracias por la participación y el comentario. Cuesta verdadero trabajo transmitirle a algunos clientes esta idea, pero no todo se puede resolver en la notaría. Estamos de acuerdo. Saludos, Justito El Notario

      Si te ha parecido bien o te ha resultado útil mi contestación, puedes invitarme a una caña o hacer un donativo a una ONG; si quieres más información pincha aquí

  3. Telmo Barrios Rodrigo

    Para el primer caso creo que, más que un abogado, se necesita más voluntad de diálogo y llegar a un acuerdo; estoy pensando en proindivisos, herencias y disoluciones de sociedades gananciales principalmente.

    Creo que en esos casos, si se llega con un “Esto para uno y lo otro para el otro”, con pulir un poco los excesos de adjudicación y demás, se soluciona el problema perfectamente en la notaría; por lo que no veo muy necesario un abogado.

    • Hola Telmo: Gracias por la participación y el comentario. Por eso siempre hablo de “normal”. Aquí podemos ayudar con diferencias “normales”, cuando el enfrentamiento pasa de lo normal, hace falta el Abogado. Aquí pulimos mucho y tenemos mucha paciencia, pero algunos casos no tienen solución. Un abrazo. Justito El Notario.

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      • Telmo Barrios Rodrigo

        ¿Y cómo hacéis en esos casos para que salgan del despacho y solucionen sus problemas donde deben? Porque debe hacerse algo violento.

        • Estimado Telmo: Gracias por el comentario. En mi notaría, las discusiones, gritos y peleas tienen lugar en los despachos de los oficiales. Yo no intervengo nunca. A mi despacho tienen que pasar seguros de lo que han decidido a regañadientes y mordiéndose la lengua, pero ya convencidos. Si, es muy violento porque normalmente son familias enfrentadas por herencias y aunque seas extraño te contagias de esa desazón generalizada. Un abrazo. Justito El Notario.

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