Se trata de un acta que no reproduce el contenido de la carta sino que la incorpora. Precisamente por crear algo de confusión con el acta de remisión de documento por correo, lo deseable sería transcribir la carta en el cuerpo del acta y no incorporarla. Por supuesto, la carta original firmada queda en poder del Notario y no se envía (se envía su reproducción). Si se quiere enviar, el procedimiento es el del acta de remisión de documento que regula el Artículo 201 del Reglamento Notarial que se utiliza cuando se pretende dejar constancia del simple envío del documento.
I.= Que la mercantil “xxx, S.L.”, quiere notificar fehacientemente a su empleado Don xxxxxxxxxx, titular del DNI/NIF número XXXXXXXXXXXX, el contenido de la carta a él dirigida, cuya carta firmada por el representante de la mercantil y compuesta de XXX páginas escritas por su anverso/reverso me entrega a fin de que se incorpore a la presente y se reproduzca en sus copias y traslados.
II.= Esto expuesto, ME REQUIERE, a mi, Notario, para que me constituya, en xxxxxx y notifique a Don xxxxxxxxxxxx, el contenido de la presente y la haga entrega de la carta a él dirigida, por la mercantil requirente.
Acepto el requerimiento que se me formula que cumplimentaré oportunamente en la medida y brevedad posibles.
Así lo dice y otorga.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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