Me pide un amigo que le aclare que querrá ofrecerle el probable comprador de una vivienda de su propiedad que le dice que le pagará XXX Euros por ella pero que los gastos tienen que ser por mitad entre los dos. Mi amigo tiene que cancelar una hipoteca antes de proceder a la venta del inmueble. Le escribo y le digo que le podría decir lo siguiente a su posible comprador:
Buenas tardes:
Los gastos e impuestos derivados de la cancelación de mi hipoteca y de la posterior compraventa a su favor serían estos:
CANCELACIÓN:
NOTARÍA
REGISTRO
GESTORÍA: PODEMOS EVITARLA SI NO HAY HIPOTECA.
IMPUESTO: NO HAY.
COMPRAVENTA:
NOTARÍA
REGISTRO
GESTORÍA: PODEMOS EVITARLA SI NO HAY HIPOTECA.
IMPUESTO DE TRANSMISIONES
PLUSVALÍA MUNICIPAL
IBI.
Desde mi punto de vista los gastos de notaría y el registro de la cancelación habrían de ser de mi cuenta.
En cuanto a la compraventa, pienso que deben ser de su cuenta el registro y el Impuesto de Transmisiones y de la mía, la plusvalia municipal (el IIVTNU).
En consecuencia, creo que se pueden pagar a medias la notaría y el IBI del año en curso (o prorratearlo según el tiempo que seamos dueños cada uno de nosotros durante este año).
¿Usted tiene otra idea de ese reparto por mitad que me propone? Por lo que mi Notario de confianza me explica, no es usual que el que compra se haga cargo de los gastos de la cancelación, ni tampoco que sea el vendedor el que pague el registro, ni el comprador la plusvalía municipal. Me indica además que el impuesto de Transmisiones Patrimoniales es absolutamente excepcional que lo paguen comprador y vendedor por partes iguales.
Espero noticias y que podamos llegar a un acuerdo para la venta. Saludos y gracias.
Ahora yo también estoy a la espera de noticias. A ver si hay suerte y mi amigo me encarga un hat trick para mi notaría (cancelación, compraventa e hipoteca).
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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