“A los que no somos expertos en cuestiones jurÃdicas, el escenario que planteas en algunos posts y las posibles alternativas nos producen en primera instancia un nudo en la cabeza que, tras una segunda lectura más reposada y con un papel y un lápiz con el que poder ver gráficamente el escenario y la/las posibles soluciones, ya dejan de ser un rompecabezas porque ves, o al menos intuyes, la forma de encajar las piezas.
Supongo que será un problema personal mÃo y que el resto de la gente “no docta en leyes” lo tendrá más o menos claro, pero yo no y me lÃo.
Me lÃo con los nombres casi iguales que significan el uno una cosa y el otro la contraria, como: “arrendador y arrendatario”, “fiador y afianzado”, “contenido y continente”, “acreedor y deudor”, “prestador y prestatario”, etc.. Por supuesto que me paro a pensarlo y sé perfectamente lo que significa cada palabra pero, puestas en un contexto legal, me hacen perder el hilo de lo que estoy leyendo porque tengo que hacer la traducción de la palabra en cuestión para llevarla a un término más familiar, más vulgar sin duda, para mÃ.
Por ejemplo:
Arrendador = Casero,
Arrendatario = Inquilino,
Fiador = El tÃo Pedro,
Afianzado = El sinvergüenza de su hijo Carlos,
Contenido = Tele – Muebles – Ropa – Etc …
Continente = Las paredes con el suelo y el techo. Â
El tema es complejo porque, como bien explica Francisco Aranguren en: ¿Debemos vulgarizar el lenguaje jurÃdico?, ¿dónde estableces la frontera entre el lenguaje “técnico” y el lenguaje “vulgar”?
En cualquier caso, este pobre técnico ha acabado entendiendo y le ha resultado muy gratificante lo que ha aprendido con el post de hoy”.
También yo he escrito algo sobre la vulgarización del lenguaje jurÃdico.
Desde luego mi amigo, no será docto en leyes (¡ahora que abundan más que las setas¡) pero ha dejado el asunto completamente claro.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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