¿Un premio de lotería mal cobrado?

 

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

 

A raíz de una reciente consulta sobre un premio de lotería me he visto curioseando por las webs de la ONCE, el SELAE y de LaPrimitiva.com para informarme sobre el tema.

La ONCE explica aquí al respecto, lo siguiente:

“Para que no tengas que preocuparte por el cobro de tus premios, nosotros nos encargamos de abonártelos en tu cuenta virtual. También te enviaremos un email informando de los premios obtenidos. Ya ves que nos ocupamos de todo. Si lo deseas y sin coste alguno, a través de tu cuenta virtual podrás transferir tu saldo a una cuenta bancaria de la que seas titularEn Juegos ONCE estamos comprometidos con el juego responsable, por eso, el importe de premios acumulados en tu cuenta no puede superar el importe máximo establecido. Cada vez que este saldo sea superado, te solicitaremos que realices una transferencia a tu cuenta bancaria.”

Y aquí añade:

“Si el premio se corresponde con un cupón o boleto comprado a nuestros vendedores, también puedes gestionarlo en las entidades bancarias colaboradoras. Consulta los Bancos y Cajas de tu provincia”.

Así que un cupón o boleto comprado virtualmente, se cobra virtualmente y si excede de un importe, te exigen que lo transfieras desde esa especie de “bolsa virtual”.

Si la compra es física, se cobra en la ONCE según se dice aquí:

“Los premios de los cupones preimpresos y de los cupones emitidos por terminal punto de venta, la ONCE abonará el importe de los premios mediante transferencia bancaria, excepto en los cupones con premio inferior a seiscientos euros (600 €) en los que podrá efectuar el pago en efectivo”.

Así que si tres personas han resultado premiadas en un cupón o boleto comprado a un vendedor, podrán cobrar en la ONCE si no son más de 600 euros o mediante transferencia si son más de 600 Euros. Es en el momento de reclamar el cobro a través de la entidad colaboradora cuando se habrá de distribuir el premio y cuando se ordenen las oportunas transferencias, aunque si son cupones o boletos a medias comprados ONLINE, conviene tomar bastantes más precauciones y continuar leyendo este artículo…

 

¿Cuál es la historia que da lugar a este post?

 

Esas tres personas, tres amigos, comparten un cupón y acuden a cobrar el premio obtenido a una entidad bancaria. Su intención es abrir una cuenta a nombre de los tres y luego retirar el dinero y cancelar la cuenta. La entidad les dice que no es posible hacerlo y cometen la torpeza de cobrarlo a través de la cuenta de uno que repartirá el dinero entre los tres. Después vienen a la notaría a ver qué se puede hacer. Lo primero que debían haber hecho es venir primero a la notaría o, probablemente, ir a ver antes a un abogadoDespués de haber cobrado (no sé con qué cautelas) en una sola cuenta todo el premio, los interesados vienen a la notaría, hablan con mi oficiala y ésta les sugiere un acta de manifestaciones. ¡A ver sino que pueden hacer¡ Y yo le digo a ella: “Claro y ahora yo asumo la responsabilidad de ese asesoramiento”. Cuando luego Hacienda les pegue el palo, vendrán a decirme que “usted nos dijo que hiciéramos esto”.

¡Mira que lo han explicado veces estos días con motivo de la Lotería de Navidad¡: “Todos los premiados tienen que ir a cobrar juntos”. En este caso no sé si lo hicieron, pero ¿qué se supone que tenían que haber hecho para hacerlo bien?

Si la entidad no les deja abrir una cuenta para luego cancelarla (¿por qué?) y dando por hecho que no se anda uno paseando con el boleto por distintas entidades cobrando porcentajes, ¿qué se supone que tenía que suceder?, ¿que todos los premiados tuvieran cuenta allí?, ¿que abrieran una para cada uno? o ¿que abrieran una para cobrar pero sin decir que la iban a cancelar Francamente no lo sé, pero me parece un abuso mandar a la gente a paseo de este modo. Un abuso que puede perjudicar a estos premiados que al cobrar a través de una sola cuenta, no han cumplido con lo que se nos ha dicho por activa, por pasiva y por subjuntiva en estos días:Vayan todos juntos a cobrar y especifiquen los porcentajes”.

En la página web de La Primitiva – Resultados de Lotería, Estadísticas y Apuestas (LaPrimitiva.com) he encontrado otras informaciones de interés sobre cómo reclamar un premio, plazos para el cobro y premios compartidos en la Lotería Primitiva, así como referencias a la página de Loterías y Apuestas del Estado.

La Primitiva premio loteria cobrar

Veamos lo que dice la AEAT al respecto

 

La SELAE  deberá proceder a identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, es decir, los que sean superiores a 2.500 € por décimo, independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades.

Pero, ojo, que cuando escribí este artículo decía:

En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías…),  quien proceda al reparto del mismo que  figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación.

Y actualmente dice:

En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías…),  en que el premio se reparte entre todos los participantes, se debe distribuir los 10.000 € que está exentos, entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación, y quien proceda al reparto del premio que  figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación.

…..”.

 

Hacienda parece que lo deja más que claro

 

Se puede ser gestor del cobro manifestándolo así en el momento del cobro del premio, en cuyo caso hay que poder acreditar que se ha repartido el premio a los titulares de participaciones, quienes deberán ser identificados. Entiendo entonces que puedo cobrar en mi cuenta como gestor y luego efectuar transferencias bien claritas: CONCEPTO: Participación del 33,33% en el premio de la ONCE del día tal”, por ejemplo.

 

¿Y qué dicen en el SELAE en cuanto al cobro del premio?

 

“¿Cómo cobro el premio que me ha tocado?

Dependerá del tipo de premio con el que hayas sido agraciado:

  • Premios menores: Aquellos cuya cuantía es inferior a 2.000 €. En este caso, el sistema intentará ingresarlos automáticamente en tu Lotobolsa.  En ese caso, si tu Lotobolsa supera el saldo máximo permitido (fijado en 600 euros para todos los participantes) o si el importe excede el máximo que indicaste en tus Opciones, y siempre que hayas verificado documentalmente los datos que indicaste en el registro aportando tu DNI/NIE, el sistema intentará transferir automáticamente el premio a la cuenta bancaria que nos hayas indicado en el apartado “Opciones de lotobolsa”. Si no dispones de ninguna, el premio quedará cargado en tu Lotobolsa, desde donde puedes descargarlo a una cuenta bancaria. Para permitir que el sistema te transfiera tus premios automáticamente en este tipo de situaciones, te recomendamos que dispongas siempre de una cuenta bancaria válida y actualizada. Recuerda que es necesario que nos hayas hecho llegar previamente a través del formulario de contacto sendas fotos de tu DNI/NIE por ambas caras y así poder confirmar los datos que tenemos en tu perfil de usuario. Recuerda que no se te cobrará ningún tipo de comisión por descargar el importe de tu premio de tu lotobolsa.

  • Premios mayores: Se trata de aquellos con un importe igual o superior a 2.000€. Para cobrar estos premios es preciso verificar previamente el medio de pago y se ingresarán directamente en la cuenta bancaria proporcionada de la que eres titular. Recuerda realizar esta verificación antes de 3 meses desde la celebración del último sorteo en el que participe el resguardo agraciado. En caso contrario el premio caducará. Deberás hacernos llegar a través del formulario de contacto sendas fotos de tu DNI/NIE por ambas caras de tal modo que podamos verificar que los datos recogidos en tu perfil de usuario son correctos. Una vez verificada documentalmente tu identidad, deberás acceder a tu cuenta  de usuario y verificar la cuenta bancaria de tu titularidad donde deseas cobrar tu premio antes de que pasen 3 meses desde que se celebró el último sorteo en el que participaba tu apuesta. Tendrás que indicar tu número de cuenta bancaria si no lo has indicado previamente en “Opciones de lotobolsa”. Ten en cuenta que aparecerá por defecto el número de cuenta bancaria que hayas indicado previamente. Si no tienes indicado ninguno o deseas cambiarlo, puedes hacerlo en este momento, introduciendo los dígitos del mismo. Asegúrate de que introduces un número de cuenta bancaria válido y de tu titularidad. El sistema te informará automáticamente del importe neto del premio, así como del impuesto aplicado del 20% que exige el Ministerio de Hacienda para este tipo de premios. Se procederá esa misma noche a ejecutar la transferencia. El tiempo que tardarás en recibir tu dinero ya depende del tiempo que tarde el sistema bancario en realizar la transferencia, pero no suelen demorarse más allá de tres días hábiles.

De nuevo se refiere la información a la compra on line ¿y si la compra es física? En tal caso …. Si has validado tu apuesta en un establecimiento de nuestra Red Comercial y resulta premiada, será imprescindible que presentes el resguardo o décimo premiado para solicitar tu premio: Podrás cobrar los premios por importe inferior a 2.000 € en cualquiera de los puntos de venta de nuestra Red Comercial, a partir del día siguiente al del último sorteo en el que participe la apuesta. Si has resultado agraciado con un premio mayor o igual a 2.000€, deberás dirigirte a una de las entidades financieras autorizadas por SELAE para cobrarlo a partir del día siguiente al del último sorteo en el que participe tu apuesta, previa presentación del DNI de todos los agraciados del premio. Estas entidades son las siguientes …”

Por último, en el primero de los enlaces del ONLAE se dice (y gracias al comentario que me lo ha advertido) que Finalmente, conviene recordar que actualmente no es posible compartir apuestas compradas a través del canal online de Loterías entre diferentes personas, ni por lo tanto los premios asociados. Un premio entregado por la web  o App oficial de Loterías estará únicamente asociado al usuario que efectuó la apuesta”.

Entonces, la AEAT dice que se “deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación” y, en cambio, el ONLAE DICE QUE NO ES POSIBLE COMPARTIR APUESTAS COMPRADAS ONLINE NI POR TANTO LOS PREMIOS ASOCIADOS. Desde mi punto de vista, lo que dice el ONLAE es que ellos consideran que la apuesta es de quien la ha hecho y que ellos pagan a quien pagan, con lo que el resto es cosa de los premiados y de la AEAT ante quien se deberán hacer las oportunas acreditaciones.

En conclusión, si formas de una peña y uno de vosotros es el que apuesta ONLINE, si os toca un premio sujeto a IRPF, procurad haber dejado las cosas bien claras desde el principio (hasta no estaría mal tener algún documento suscrito con carácter previo) pues el ONLAE se lava las manos, abona el premio a su usuario y este (junto con sus colegas) será el que tenga que aclarar la cuestión con Hacienda. Tal vez la conclusión es que no es bueno utilizar el canal ONLINE para apuestas en grupo ….

No sé si el amigo de aquellos tres que consultaron en mi notaría, que fue el cobró el premio se identificó como gestor del cobro, pero, en principio, pienso que con que los tres cuenten (¿manifiesten en acta notarial?) su historia, acrediten la transferencia desde el SELAE y las posteriores entre los coparticipes, la cuestión quedará bastante bien acreditada.

 

Gordo 2022

 

Una compañera me dice que a unos clientes les ha tocado y que les ha hecho un poder a todos los premiados (de una misma empresa) a favor de una entidad de crédito adjuntando al poder un documento del ONLAE que hace constar el número premiado, el importe del premio, el nombre y DNI/NIF de cada uno de los premiados y la cantidad que correspondía a cada uno.

En el poder se decía que se otorgaba:

“Solo y exclusivamente, para gestionar el cobro del número premiado (*) de la Lotería Nacional celebrado el día 22 de Diciembre de *, con el que los poderdantes han sido agraciados. Fotocopia de los dos décimos, de las que los poderdantes que son titulares, en la proporción que resulta de la lista incorporada y que se hayan depositados en la entidad apoderada, me entregan para su incorporación a la presente. Asimismo, me entregan certificado de pago de premios del ONLAE en entidad financiera autorizada, que dejo incorporado a este poder para ser reproducido en sus copias”.

Bien, pero, ¿ese documento cómo se obtiene?

 

Termino con un artículo muy recomendable: ¿Debo tributar en España por el premio de lotería obtenido si resido en el extranjero?

 

 

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

9 comentarios

  1. Buenas tardes Justito.
    La apuesta onlie compartida es mi caso. Somos 10 personas y hacemos semanalmente la misma apuesta online. Yo soy el que figura en la cuenta online. Antes de hacer la peña, al figurar yo como titular de la cuenta online redacte un documento con los datos de todos los integrantes, su DNI y la apuesta que se realiza. Tambien indique que se haria por via online y que la cuenta de cobro era mia pero que cualquier cobro de dicha apuesta correrspondia a partes iguales a todos los miembros. El papel lo firmamos todos y cada uno tiene una copia. Mi pregunta es si este documento se debe presentar por notario antes de que se de el caso de premio o no es necesario

    • Buenos días Gerardo:
      Pues la verdad es que lo tienen bien organizado.
      No he llegado a firmar nada en notaría pero si me han consultado el tema que como no cuajó tendría aún por perfilar. Tal vez lo haga a raíz de su consulta.
      Se me ocurre que legitimaran notarialmente las firmas y también que si entra y sale gente, hay que tener actualizado el documento con nuevos miembros y miembros salientes, cantidad que se apuesta y juegos en los que se participa.
      Pero ya digo que lo tienen muy bien montando.
      Tal vez sigamos hablando (mi mujer participa en una de viejos amigos e intento organizársela).
      Saludos y gracias, Justito El Notario.

  2. En la página de loterías y apuestas pone que no es posible compartir premios de loterías comprados mediante esta web. Sería aplicable de igual forma lo que dice la AEAT?. Como habría que proceder en este caso? Esto es lo que dice la web:
    ” Finalmente conviene recordar que actualmente no es posible compartir apuestas compradas a través del canal online de Loterías entre diferentes personas, ni por lo tanto los premios asociados. Un premio entregado por la web o App oficial de Loterías estará únicamente asociado al usuario que efectuó la apuesta.”

  3. Querido Justito, al hilo de su entrada siempre me he preguntado en las “cautelas” que debería de seguir en el hipotético caso de ser agraciado en una lotto, por ejemplo.

    Me intento explicar:

    1) Compro mi boleto en una administración de lotería.
    2) Me lo guardo en la cartera.
    3) Lo miro, y digamos me tocan 15 millones €

    Ahora qué???

    Lo firmo? O la firma invalida algo?

    Voy corriendo a la sucursal bancaria?

    A quién se lo entrego en el banco?

    Todo ello me parece sumamente complejo y poco cauteloso. Desde su punto de vista, cuáles serían los pasos más adecuados para cobrar tan importante cuantía y poder dormir tranquilo en el intento.

    Gracias y un cordial saludo.

    • Buenas tardes Santiago:
      Pues si se ha resultado agraciado con un premio mayor o igual a 2.500€ se pagará a partir del día siguiente al del sorteo en las entidades financieras asociadas.
      Así que al Banco al día siguiente y listo, no hay más. No lo escriba, ni haga nada con él y hasta que llegué el día siguiente pues rece para que no le roben, pero hágale una foto con el móvil por si acaso y dígaselo a su círculo de íntima confianza para poder justificar que se lo han robado.
      No le puedo decir más. Suerte y espero que me pague una cerveza si le toca.

      https://www.justitonotario.es/pagos
      Saludos, Justito El Notario.

      • Muchas gracias por su pronta respuesta.

        La verdad es que el único paso conflictivo que vería sería el momento de la “entrega” al Sr del banco… Debo hacerlo ante Notario, sencillamente con un documento que explique que lo he entregado al Sr xxx director de la sucursal?

        Un cordial saludo, y si toca no dude que una cerveza con algo para picar corra de la cuenta de un Servidor.

        • Buenas tardes Santiago:
          No creo necesario esa intervención notarial, puesto que usted no lo va a depositar al Banco, lo va a cobrar y dejarlo ingresado.
          Saludos y si le toca esa cifra, espero al menos una caja de cervezas y un jamón. Justito El Notario

        • Santiago, lo primero que has de hacer es firmar por detrás con tu nombre y DNI, tarde o temprano te pedirán que lo hagas. En caso de repartir premio, fotocopia con los DNI de los participantes, sus % y firmado. Te vas a la sede LAE de tu ciudad. Le manifiestas que quieres cobrar un premio y acto seguido, tras comprobaciones, te expiden un cheque con el premio. A tu nombre si estás sólo o varios cheques si el premio se reparte. Con el cheque te vas al banco y lo cobras. LAE también te dará un papel para hacienda
          Que lo has de guardar.
          Otra opción es que el banco se encargue de ese tramite, pero te cobrarán. Si te decantas por ir al banco, que te den un resguardo de haberlo depositado.
          Por cierto, la compra Online de loteria, presenta más dificultades a la hora de repartir premio. Aunque es posible igualmente, sólo has de indicar que la lotería es a compartir inmediatame tras su compra.
          SUERTE!!

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