los mini casos de justito el notario

Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 250 y 251): Curso 2024-2026

 

 

“Desde luego que el “open your mind” lo estoy viviendo en primera persona. Ahora pienso en cosas que antes ni veía, sin perjuicio de que haya muchísimo margen de mejora”

“Me sorprendo de lo bien que me acuerdo de los temas pero me aburren, así que cuando los aplico en los minidictámenes me aumentan las fuerzas para seguir con ellos. Es como que una cosa alimenta a la otra”

“No es por tirarte flores, sino que de verdad pienso lo que te voy a decir. Le quitamos importancia a una cosa que para mí es muy importante: hay que construir una buena base. Yo no tenía una buena base; yo no era capaz de pensar casos cortos, así que cuando llegó el momento no pude hacer grandes razonamientos. La base de todo es aprender a pensar y eso lo construyes con casos como los tuyos, que son los que después te permiten que los razonamientos vayan mucho más allá. Lo que haces es fundamental porque consigues abrirnos la mente y nos das muchas ideas. A partir de ahí te puedes plantear otros horizontes. Como he dicho, al final se trata de aprender a pensar y de aumentar la base para poder llegar después a los dictámenes de seis horas”

“Aprovechad bien estos días de vacaciones navideñas porque en unos meses comienzan los juegos del hambre

 

Tenemos (hoy es 24 de Diciembre de 2024) 531 días (si el próximo dictamen volviera a ser un 11 de Junio) para preparar el dictamen con tiempo.

He sacado hace unos días un libro con los 277 casos de 2022-2024. Son 277 porque publiqué los comprometidos (208) y otros 15 de propina mas los 52 casos tontos. Ahora me comprometo a sacar 186 casos mas (93 semanas a dos mini casos por semana). Estoy casi seguro de que acabarán siendo algunos mas como en el curso 2022-2024.

En el libro tendréis todas las explicaciones sobre el Método Justito y, además de los supuestos de hecho con un valioso índice por materias, muchos otros contenidos de interés (valoraciones del Método por mis dos alumnos aprobados, entrevistas, estadísticas, etc …). Las soluciones siempre en el blog en permanente actualizando. Conviene estar atentos a mi cuenta en Twitter y a mi canal de Telegram donde suelo anunciar soluciones o modificaciones.

Seguro que me acompañarán las fuerzas y mi amigo Dandanovic para poder afrontar este nuevo reto. Reconoceré que el éxito del libro va a ser condicionante de mi trabajo. Todos me dicen que tengo un gran seguimiento, pero si cuando uno tiene oportunidad de medirlo (con las estadísticas de las visitas del blog y con la venta de un libro) no hay respuesta o no hay respuesta suficiente, tal vez haya llegado el momento de hacer otra cosa .. mariposa. También es posible que la gente sea de I want it all, I want it now and I want it free. Como siempre digo, “yo también tengo mi corazoncito” y también me canso y hasta me agoto. Ya me está resonando en la cabeza alguna voz susurrante… “nadie te obligaaaa a hacerlo”. Cierto, pero ya que hablamos de dictamen es un argumento bastante flojo para rebatir los míos. Siempre que hablo de esto o me atrevo a pensarlo en voz alta, usease a expresarlo, me viene a la cabeza el gran Zetace que dice que compraría mis libros aunque fueran de física cuántica.

Hala, queda dicho.

 

Por cierto, las pautas que los tribunales de la última convocatoria dieron en cuanto al dictamen en su reunión con las academias fueron: el dictamen sería clásico y desdoblado con argumentaciones. No habría que salirse del dictamen. No habría que desarrollar hipótesis que no se plantearan. Se valorarían conclusiones propias en unas pocas líneas.

¿Y al final el dictamen fue clásico? Digamos que sí aunque con muchos causantes de vecindad civil y con una redacción que confundió un poco al personal que no terminaba de ver que se tratara de un dictamen clásico (y yo creo que lo era). Por otra, según parece, en la sala de examen se dijo que no harían falta las conclusiones aunque algunos no lo oyeron.

Lo cierto es que lo verdaderamente significativo de lo que dijeron fue que iba a ser clásico. El resto de pistas no lo eran tanto porque nadie espera un dictamen lineal o que el opositor se vaya por los cerros de Úbeda o que desarrolle cuestiones paralelas o consecutivas que no se están planteando (aunque se sea fácil saber qué te está pidiendo el tribunal).

 

Semana 24 de 100 (faltan 76 semanas para el dictamen de 2026, es decir, el 76% del tiempo inicialmente disponible)

Puesto que son casos no muy largos y dos versan sobre cuestiones que ya tenemos tratadas y las presento con distinta formulación, esta semana he decidido sacar CINCO casos. Tal vez me piense tomarme una semana de descanso.

 

Caso 250 (Caso Real)

Una señora casada sin hijos cuya madre vive y con ciertos conocimientos de Derecho presenta una minuta de testamento con el siguiente contenido:

Primera.-Lega a su madre, doña Tórtola, la legítima que por ley le pudiera corresponder que podrá ser pagada con metálico extra hereditario por los herederos conforme a lo dispuesto en el artículo 841 y siguientes del Código Civil.

Segunda.- Lega a su esposo, para el caso de permanecer casados, la cuota viudal usufructuaria que por ley le pudiera corresponder estableciendo la posibilidad de que sea pagada con con metálico extra hereditario por los herederos conforme a lo dispuesto en los artículos 841 y siguientes del Código Civil.

Tercera.- En el remanente instituye herederos, por partes iguales, a sus dos hermanas, doña Garcilasa y doña Socorro,  a quienes sustituye vulgarmente por sus respectivos descendientes.

El notario le devuelve el borrador a los toriles por dos razones, ¿cuáles?

El mismo día, el primo de la anterior divorciado con tres hijos pero a punto de casarse con don Telesforo acude a la notaría con la siguiente minuta:

Primera.- Lega a don Telesforo, titular del DNI/NIF *, una mitad indivisa de la finca registral número * de las del Registro de la Propiedad de *.

Segunda.- En el remanente instituye herederos, por partes iguales, a sus tres citados hijos, a quienes sustituye vulgarmente por sus respectivos descendientes.

El notario le devuelve el borrador a los toriles por una razón, ¿cuál?

 

 

En la sección de “casos tontos” hemos trabajado ya varios casos de Derecho Internacional Privado sobre régimen matrimonial. Son cosas menores pero que hay que tener claras.

Vamos hoy con un caso sucesorio.

El señor Chan llevaba viviendo 25 años en Cataluña, cuando muere intestado en agosto de 2024. Fallece en China mientras estaba pasando las vacaciones.

Firmada la escritura de herencia en una notaría de Barcelona, se presenta a inscripción en los registros competentes y uno de ellos exige el certificado del registro general de actos de última voluntad de China.

No os pediré dictamen sobre si la exigencia registral procede o no, pero ¿cuál es la ley aplicable a la sucesión del señor Chan con arreglo a la cual debe haberse otorgado y autorizado su herencia?

 

 

Esta ha sido la 18ª entrega. Aquí os iré añadiendo los enlaces a todas las anteriores y  a otros materiales de interés

  1. Doscientos ocho mini casos prácticos para dictamen (casos 211 y 212): Comienza el curso 2024-2026
  2. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 213 y 214): Curso 2024-2026
  3. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 215 y 216): Curso 2024-2026
  4. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 217, 218, 219 y 220): Curso 2024-2026
  5. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 221 y 222): Curso 2024-2026
  6. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 223 y 224): Curso 2024-2026
  7. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 225 y 226): Curso 2024-2026
  8. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 227 y 228): Curso 2024-2026
  9. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 229 y 230): Curso 2024-2026
  10. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 231 y 232): Curso 2024-2026
  11. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 233 y 234): Curso 2024-2026
  12. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 235 y 236): Curso 2024-2026
  13. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 237 y 238): Curso 2024-2026
  14. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 239 y 240): Curso 2024-2026
  15. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 241 y 242): Curso 2024-2026
  16. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 243, 244, 245, 246 y 247): Curso 2024-2026
  17. Ciento ochenta y seis mini casos prácticos para dictamen (casos 248 y 249): Curso 2024-2026

Otros materiales

  1. Seis casos breves
  2. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (nuevo libro para OCTUBRE y otros OCHO casos TONTOS, del 7 al 14, para minidictaminar)
  3. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (nuevo libro para OCTUBRE y otros SEIS casos TONTOS, del 15 al 20, para minidictaminar)
  4. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (nuevo libro ya en NOVIEMBRE y otros OCHO casos TONTOS, del 21 al 29, para minidictaminar)
  5. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (el libro ha salido de la imprenta y otros OCHO casos TONTOS, del 30 al 36, para minidictaminar)

 

Ya llevamos 75 casos en total. En la anterior convocatoria sacamos adelante un total de 277. A este ritmo podríamos rondar los 300 casos en menos de dos años.

 

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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