Los correctores ortográficos nos proporcionan muy a menudo en las notarías unas risas y hasta una buena carcajada. Hoy nos ocuparemos de sus inocentes, aunque reincidentes, pifias. Las facultades de los poderes para pleitos suelen clasificarse en generales y especiales. Cuando se quiere destacar alguna entre las especiales, hablamos de ESPECIALÍSIMAS. A los correctores esto les debe sonar raro porque convierten las ESPECIALÍSIMAS en ESPACIALÍSIMAS. En el ámbito de los poderes es un clásico el poder para pelitos que es la forma que usan algunos correctores para referirse a los poderes para pleitos. A la hora de las notificaciones, los correctores se empeñan en denominar abuso de recibo al famoso acuse tamaño octavilla de cartón de color rosa que usan en Correos. Con la anticresis hay que disculparles a los pobres la confusión, porque es una figura muy poco usual que de poco verla pueden convertirla en anticrisis, y bien saben ustedes que va un buen trecho de una cosa a la otra. ¿Le gustaría a usted tener un patrimonio PERSISTENTE? Supongo que a nadie le amargaría el dulce la posibilidad de tener un patrimonio constante, continuo, duradero, estable, perenne, incesante, fijo o ininterrumpido, pero lo cierto es que solo unos pocos lo tienen PERSISTENTE. La mayoría lo tenemos PREEXISTENTE, sobre todo a efectos de las sucesiones y donaciones. En la diligencia de intervención de una póliza nos hemos encontrado con que la relevación de la fianza se ha convertido en la revelación de la fianza. Me contaba un compañero que le gusta vestir las copias de sus escrituras con una carpeta satinada, en cartulina de trescientos gramos y con ventana. Para que se identifique bien el acto o negocio jurídico al que se refiere el acta o la escritura, incorpora un folio blanco en el que se imprime una sencilla leyenda a la altura del hueco con el número de protocolo y la calificación del acto o negocio jurídico. Una pareja comparecía en su despacho para otorgar la escritura de disolución de comunidad o extinción de condominio, que ponía fin a su vida en común. No parecían enfadados. Estaban objetivamente tristes por finalizar una relación de la que aún quedaban miradas cómplices y gestos de cariño con alguna lágrima fugitiva. Al día siguiente el corrector ortográfico de MS-Word tituló la escritura: “Número 290, 26 de abril de 2013, ESCRITURA DE DESILUSIÓN DE COMUNIDAD”. Otro compañero se dio cuenta de que en las actas de declaración de herederos abintestato, el corrector le venía jugando una mala pasada desde hace un tiempo, puesto que en vez de señalar que se declaraba herederos a los hijos por partes iguales “sin perjuicio de la legítima del cónyuge supérstite” se decía “sin perjuicio de la legítima del cónyuge SUPERTRISTE”. Por supuesto, es un clásico y puede que el que más, la corrección de “PRESENTACIÓN TELEMÁTICA” por “PRESENTACIÓN TELEPÁTICA”. Quizá deban plantearse algún día esta posibilidad dado que el acceso directo a los libros del registro nos sigue vetado a los notarios. Correcciones a gogó son las que se colaron en la minuta enviada por una agencia inmobiliaria en la que doña Frígida, también conocida por doña Brígida, vendía “la muda propiedad” de una “chochera aneja a la vivienda de pito A con una superficie de doce metros y cincuenta dedímetros cuadrados”, “finca de cristal 12.345”, “libre de otras cargas y gravámenes, de arriendos y ocupantes, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y gatos de comunidad”. La compradora adquiría “para su sociedad LETAL de gananciales”. Para terminar las risas se sometía “cualquier otra cuestión no regulada en las cápsulas del contrato a los juzgados y tribunales de NOVELAD” (es decir, de Novelda) y se establecía un último epígrafe titulado “CLÁUSULA DE INSEMINACIÓN EN CASO DE IMPAGO”. A la pobre doña Frígida, le podía salir cara la “indemnización”. Según los correctores a los socios de una sociedad anónima hay que llamarles accioncitas. Los que añaden bienes a una herencia, firman una escritura de “adicción” como si fueran heredípetas, y los que construyen en suelo ajeno y se quedan con el suelo y la obra, que en este caso estaba en “mal estado de conversación”, están aprovechándose de la ascensión invertida. A veces, pueden estar obligados a formular una DECLARACIÓN DE INVISIBILIDAD Y VINCULACIÓN de este tipo: “DOÑA declara expresamente su voluntad de que la finca agrupada y descrita anteriormente quede afectada, con inscripción registral de la vinculación de la total superficie real a las construcciones que sobre la misma existan o se declaren, solicitando la constancia registral de su invisibilidad”. En el objeto social de una sociedad dedicada a temas turísticos, el corrector nos ha convertido el alojamiento vacacional en un alejamiento vacacional. También podría ser, ya puestos, un alejamiento vocacional. En otra ocasión, y continuando con los objetos, “Word” nos ha transformado un objeto social consistente en actividades vinícolas, en actividades titícolas que deben ser “aquellas consistentes o relativas a las personas jóvenes, especialmente las mujeres”. Hasta hemos tenido que subsanar una escritura de contestación de sociedad limitada porque el corrector había convertido un “entidades especiales” en un “entidades ESPACIALES”. Finalmente, cuidado con el consejo de administración porque de vez en cuando el corrector se saca un “miembro del conejo de administración” y con las certificaciones elevadas a público que nuestros clientes nos envían pues suelen deslizarse las pifias de sus propios correctores como en el caso aquel en el que la junta aprobaba un acuerdo relativo a la solicitud de un “cerdito hipotecario”. Hasta en las advertencias, el corrector puede hacer de las suyas convirtiendo a la “Agencia Española de Protección de Datos” en la “Agencia Española de Protección de Patos”. Así que, como ya ven, todo es posible en las escrituras púbicas incluso en las que contengan alguna “carcelación” de hipoteca. A veces, el que se equivoca es el cliente y no el corrector. Quizá el más antológico de los errores fue el de aquel que vino a pedir copia del testamento de su tía y nos dijo que había fallecido de “fallo multiorgásmisco”. Tampoco estuvo mal el caso del que quería una fotocopia compulsiva. Otras veces, el error llega desde los tiempos de las escrituras a máquina de escribir. En la copia de un testamento de los años 40 del siglo XX, el testador dejó a salvo la legítima extrinca. Debe ser porque la legítima siempre se trinca salvo que exista causa para desheredar. Dejaremos estos otros tipos de errores para algún nuevo episodio de nuestra serie. Esperemos que a los editores de Inter-Nos nos les juegue su corrector una mala pasada y me dejen sin gracia todos los chistes. Por una vez, terminaré modificando mi tradicional despedida. Atentamente, un salido. Miguel Prieto Escudero, Notario de Pinoso. Justito El Notario.