Escribí estas líneas el 20 de Octubre de 2023 y prometí no contarlo pero me han cancelado la prohibición, así que lo cuento un año más tarde y con la convocatoria finiquitada hace ya unos meses.
Tengo documentos gráficos y vídeo pero no los voy a compartir, así que tendrán que conformarse con mi narración de los hechos.
Durante unos pocos segundos un opositor, que espero que apruebe entre otras razones por el alegrón que va a dar a sus padres, creyó haber sacado un 9 en el primer ejercicio. En realidad, no creo que pudiera creerlo porque supongo que nadie ha sacado un nueve en toda la historia de las oposiciones (aunque sí que recuerdo una convocatoria con algún ocho) pero si sale la bedela y lee tu número, tu nombre y tus apellidos y con una sonrillisa dice “Fulanito de Tal: un 9” es inevitable que haya un instantáneo desconcierto. Creo que el más sorprendido de los presentes es el padre del opositor porque el hijo no se mueve del sitio. Al instante se resuelve el equivoco y se corrige la nota. Era un 5 y no un 9. Lo cierto es que en la misma hoja hay otros cincos y el único que parecía un 9 es este cinco.
Una anécdota para la posteridad que puede que con los años acabe convertida en leyenda urbana … o no … porque tendremos todas las pruebas.
Primera prueba: Fotografía del resultado de la sesión. Tiene gracia porque en el cristal de la vitrina en la que se cuelgan los resultados están reflejados los padres del opositor (ya Notario) a quienes tengo el gusto de conocer.
Segunda prueba: La cosa trascendió y las gestorías tuvieron que hacerse eco de la corrección: “Estimado/a amigo/a: Por un error involuntario, en la sesión de hoy se hizo mención a que el opositor número *, obtuvo una nota de 9,00, siendo en realidad 5,00”. Creo que ya habían informado del 9 previamente pero no estoy seguro.
Tercera prueba: El vídeo. Dura tan solo 15 segundos y no sé quién lo grabó. La transcripción es la siguiente:
Bedela: Yyy (dice número y nombre) un (con un tono de suspense y que denota que deja ver que es una gran nota) 9.
Madre: ¿Un nueve? Padre: Dios. Madre: ¿Qué dices? Padre: ¡Hooostias! Hijo: ¿Qué? Madre: ¿Qué dices? Hijo: Nooo. Madre: Nooo. Hijo: No Bedela: ¿No es un 9?En ese momento termina la grabación. Creo que el Secretario del Tribunal salió a resolver el equívoco y la cosa quedó en una anécdota divertida a más no poder.
Enhorabuena compañero.
Por cierto, y a propósito de un comentario, el sistema de puntuación no ha sido siempre el mismo por lo que pudo haber nueves antes del 87 con el antiguo sistema de puntuación. El sistema actual de puntuación se implantó en 1987. Antes eran de 1 a 6 puntos por tema con lo que no sé qué puntuación se podía alcanzar.
TEXTO ORIGINAL 1944
Artículo 18. La calificación de los opositores tendrá lugar en la forma siguiente:
Para obtener la declaración de aptitud para pasar de un ejercicio a otro y la aprobación en el último, se requiere alcanzar mayoría de votos del Tribunal en sentido favorable.
Obtenida la mayoría anteriormente expresada, se volverá a votar para determinar, igualmente por mayoría de votos, si al opositor se le debe calificar para Notaría de Madrid o Barcelona, de primera, de segunda, o tercera.
Inmediatamente se fijará la calificación por el número de puntos que alcance el opositor, dividiendo el total que obtenga por el de Vocales, y el cociente será el resultado. Cuando este resultado exceda del máximo de puntos correspondiente a la categoría votada, se atribuirá al opositor dicho máximo, y cuando no llegue al mínimo de puntos correspondiente a dicha categoría, se le atribuirá este mínimo.
Para el primer ejercicio, cada uno de los Vocales podrá conceder de uno a seis puntos por tema, y en los ejercicios segundo y tercero, veinte puntos en cada uno, como máximo.
Las calificaciones se expondrán diariamente al publico, expresándose el número de puntos alcanzados por cada opositor, sin hacer mención de los opositores que no hubieren sido declarados aptos en los dos primeros ejercicios ni aprobados en el último.
TEXTO 1984
Artículo 18. La calificación de los opositores tendrá lugar en la forma siguiente:
Para obtener la declaración de aptitud para pasar de un ejercicio a otro y la aprobación en el último, se requiere alcanzar mayoría de votos del Tribunal en sentido favorable.
Obtenida la mayoría se fijará la calificación por el número de puntos que alcance el opositor, dividiendo el total que obtenga por el de Vocales, y el cociente será el resultado.
Para el primer ejercicio, cada uno de los Vocales podrá conceder de uno a seis puntos por tema, y en los ejercicios segundo y tercero, veinte puntos en cada uno, como máximo.
Las calificaciones se harán en el primer ejercicio, al término de cada sesión, y en el segundo y tercer ejercicios, el mismo día o el siguiente en que concluya la lectura por el último opositor. Las calificaciones se expondrán seguidamente al público, expresándose el número de puntos alcanzados por cada opositor, sin hacer mención de los opositores que no hubieren sido declarados aptos en los dos primeros ejercicios ni aprobados en el último.
TEXTO ACTUAL
Artículo 18.
Todos los ejercicios de la oposición son eliminatorios.
La calificación de los opositores tendrá lugar en la forma siguiente:
Para obtener la declaración de aptitud en cada ejercicio se requiere alcanzar mayoría de votos del Tribunal en sentido favorable. En caso de empate, decidirá el Presidente.
Obtenida la mayoría, se fijará la calificación dividiendo el total de puntos que alcance el opositor por el número de miembros del Tribunal.
En los dos primeros ejercicios, cada uno de los miembros del Tribunal podrá conceder de uno a diez puntos, y de uno a veinte en el tercero y en el cuarto. En ningún caso al opositor que haya obtenido la declaración de aptitud en un ejercicio podrá asignársele una calificación inferior a cinco puntos.
Las calificaciones se harán, en los dos primeros ejercicios, al término de cada sesión, y en el tercero y cuarto ejercicios, el mismo día o el siguiente en que concluya la lectura por el último opositor. Las calificaciones se expondrán seguidamente al público, expresándose el número de puntos alcanzados por cada opositor, sin hacer mención de los opositores que no hubiesen sido declarados aptos en los ejercicios.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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Estimado y querido “Justito”,
Ya sé que que el sistema de puntuación cambió ,aunque no sabía con precisión en qué fecha.
Pero,y como referencia,Glicerio Káiser Herraiz se jubiló(75 años)hacia el 1985.
Orihundo teutón,nacido en La Carolina(Jaen);zona toda aquella muy minera ,y repoblada de alemanes por Carlos I-de España-y V-de Alemania-. Y zona,tambien,de muchísimos opositores…¡¡¡ Aunque en Baeza(Jaen)vine a conocer un caso de “los más crudos”de la profesión.
Glicerio se jubiló en Sant Feliú de Llobregat,a la sazón una de las mejores Notarias de aquella época.
Me empecé a quedar “anonadado” cuando desde hace pocos años me enteré que hay Notarias y Registros de la mismísima Barcelona para el Turno de Aspirantes…¡¡¡ VIVIR para VER…¡¡¡,desde luego.
En mi breve comentario solamente quise poner de relieve que el equivalente actual de ese “sorprendente 9”,seguro que Glicerio lo marcó;aunque es dificil probarlo por ignorar dónde pueda estar esa estadistica conservada.Y él ya murió.
P.D.:Me gustaría que le hicieras un pequeño homenaje a esa chica ucraniana OKSANA ZARKVOVA,que ,y desde su originario idioma cirílico,y en menos de 25 años (a la sazón con unos 30 ó 31) se os ha “colado” en vuestro escalafón;ingresó por Vic (Barcelona)y supongo que allí continuará ahora,.Me maravillo solamente de pensar cómo se aprendería todo aquello del Censo Enfitéutico-si es que sigue en el programa;y demás menudencias del derecho foral catalán…,Cuarta trebeliánica,cuarta falcidia,la tenuta,la pubilla,el hereu,el segundón y demás…¡¡¡ ESE SÍ QUE ES TODO UN RECORD …¡¡¡
Espero ver a otro ucraniano,pues por aquí en Torrevieja hay más de 10.000 emulando ese Record;o algún otro parecido.
Antonio
En otros gloriosos años(hacia 2ªmitad pasado siglo),mi amigo GLICERIO KAISER HARRAIZ “Memoria SUBLIMINAL” ,Nuñez Lagos,Gimenez Arnau;y algo más tarde Tejuca Pendás) esas NOTAS estuvieron superadas por ellos…¡¡¡
Hola Antonio:
No llevo ninguna estadística de españoles de origen extranjero, en todo o parte, pero yo pienso que habrá varios.
Lo de OKSANA tiene muchísimo mérito, no cabe duda.
Siempre tengo ideas en mente y esta es buena pero lo que me falta es tiempo. Ahora estoy centrado en el mini dictamen y en otros temas docentes, aunque alguna anécdota como la de ayer merece la pena recogerla.
Pronto habrá actualización del Notario más joven.
Saludos y gracias, Justito El Notario.
En otros gloriosos años(hacia 2ªmitad pasado siglo),mi amigo GLICERIO KAISER HARRAIZ “Memoria SUBLIMINAL” ,Nuñez Lagos,Gimenez Arnau;y algo más tarde Tejuca Pendás) esas NOTAS estuvieron superadas por ellos…¡¡¡
Buenos días Antonio:
El sistema actual de puntuación se implantó en 1987.
Antes eran de 1 a 6 puntos por tema con lo que no sé que puntuación se podía alcanzar.
TEXTO ORIGINAL 1944
Artículo 18.
La calificación de los opositores tendrá lugar en la forma siguiente:
Para obtener la declaración de aptitud de aptitud para pasar de un ejercicio a otro y la aprobación en el último, se requiere alcanzar mayoría de votos del Tribunal en sentido favorable.
Obtenida la mayoría anteriormente expresada, se volverá a votar para determinar, igualmente por mayoría de votos, si al opositor se le debe calificar para Notaría de Madrid o Barcelona, de primera, de segunda, o tercera.
Inmediatamente se fijará la calificación por el número de puntos que alcance el opositor, dividiendo el total que obtenga por el de Vocales, y el cociente será el resultado. Cuando este resultado exceda del máximo de puntos correspondiente a la categoría votada, se atribuirá al opositor dicho máximo, y cuando no llegue al mínimo de puntos correspondiente a dicha categoría, se le atribuirá este mínimo.
Para el primer ejercicio, cada uno de los Vocales podrá conceder de uno a seis puntos por tema, y en los ejercicios segundo y tercero, veinte puntos en cada uno, como máximo.
Las calificaciones se expondrán diariamente al publico, expresándose el número de puntos alcanzados por cada opositor, sin hacer mención de los opositores que no hubieren sido declarados aptos en los dos primeros ejercicios ni aprobados en el último.
TEXTO 1984
Artículo 18.
La calificación de los opositores tendrá lugar en la forma siguiente:
Para obtener la declaración de aptitud para pasar de un ejercicio a otro y la aprobación en el último, se requiere alcanzar mayoría de votos del Tribunal en sentido favorable.
Obtenida la mayoría se fijará la calificación por el número de puntos que alcance el opositor, dividiendo el total que obtenga por el de Vocales, y el cociente será el resultado.
Para el primer ejercicio, cada uno de los Vocales podrá conceder de uno a seis puntos por tema, y en los ejercicios segundo y tercero, veinte puntos en cada uno, como máximo.
Las calificaciones se harán en el primer ejercicio, al término de cada sesión, y en el segundo y tercer ejercicios, el mismo día o el siguiente en que concluya la lectura por el último opositor. Las calificaciones se expondrán seguidamente al público, expresándose el número de puntos alcanzados por cada opositor, sin hacer mención de los opositores que no hubieren sido declarados aptos en los dos primeros ejercicios ni aprobados en el último.
TEXTO ACTUAL
Artículo 18.
Todos los ejercicios de la oposición son eliminatorios.
La calificación de los opositores tendrá lugar en la forma siguiente:
Para obtener la declaración de aptitud en cada ejercicio se requiere alcanzar mayoría de votos del Tribunal en sentido favorable. En caso de empate, decidirá el Presidente.
Obtenida la mayoría, se fijará la calificación dividiendo el total de puntos que alcance el opositor por el número de miembros del Tribunal.
En los dos primeros ejercicios, cada uno de los miembros del Tribunal podrá conceder de uno a diez puntos, y de uno a veinte en el tercero y en el cuarto. En ningún caso al opositor que haya obtenido la declaración de aptitud en un ejercicio podrá asignársele una calificación inferior a cinco puntos.
Las calificaciones se harán, en los dos primeros ejercicios, al término de cada sesión, y en el tercero y cuarto ejercicios, el mismo día o el siguiente en que concluya la lectura por el último opositor. Las calificaciones se expondrán seguidamente al público, expresándose el número de puntos alcanzados por cada opositor, sin hacer mención de los opositores que no hubiesen sido declarados aptos en los ejercicios.
Gracias por la aportación, saludos, Justito El Notario.