mini casos tontos de justito

Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (nuevo libro para OCTUBRE y otros SEIS casos TONTOS, del 15 al 20, para minidictaminar)

 

En Octubre (ya lo tenemos corregido y con diseño exterior a falta de algún detalle) espero que saldrá publicado mi libro. Puede que nos metamos en Noviembre cuando ya esté disponible para la venta. El título definitivo es:

 

Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario

El “Método Justito” de preparación del dictamen

Doscientos setenta y siete mini supuestos de hecho para dictamen (sin soluciones)

Convocatoria de oposiciones al título de notario 2022-2024

 

Dejo claro que no hay soluciones. ¿Por qué? Pues porque las soluciones están en el blog y seguiré mejorando poco a poco las que hay.

El libro lo venderá Basconfer y está muy avanzado. Habrá valoraciones (incluyendo la de dos alumnos aprobados recientemente), explicación del Método y estadísticas muy jugosas.

Dispondrá de índice por voces para facilitar la localización de casos  por materias.

 

Una vez metida la cuña publicitaria y recordando que tengo disponible una nueva tirada de “Nada antes que opositar (Nihil prius oppositio)”, vamos a dar un poco de trabajo al personal porque es una pena perder estos casitos y porque veo que a muchos os hacen falta, así que aquí van otros 8 (y les voy a seguir llamando tontos que tiene mas gracia) para quien tenga ganas de pensar un poco. Los 6 primeros están aquí y los 8 siguientes aquí.

Conste que varios tienen un marcado carácter práctico por lo que ayudarán a la comprensión de otros muchos supuestos de hecho de verdadero dictamen. Conste también que algunos más que tontos son cortos.

Los he preparado rápido así que si veis algún error me avisáis.

 

15 (Vanguardia Notarial)

 

Esta cuestión trata de un ausente y su declaración de herederos.

1.- Causante fallecido en 2024.

2.- El heredero abintestato es un ausente en paradero desconocido desde 2020 y actualmente en situación de ausencia legal ya declarada.

¿Puede efectuar el requerimiento para la declaración de herederos el representante legal del ausente que fue designado en 2021?

 

16 (Promoción)

 

Tengo un testamento en el que se lega a un nieto 40.000 € cuyo pago el testador impone a una hija y heredera por un préstamo que le hizo. En la misma cláusula el testador dice que con este legado al nieto, quedan satisfechos TODOS los derechos hereditarios del nieto.

Luego el testador hace varios legados más y en el remanente instituye herederos por cuartas partes iguales a sus hijos vivos (una la hija obligada a pagar los 40.000 €) y a dos nietos (el legatario y su hermano).

Dado el tenor literal del testamento, ¿el nieto legatario estaría pagado con el legado o participa también en el remanente?

 

17 (GJ)

 

¿Te suena que las capitulaciones matrimoniales son personalísimas y no se pueden firmar con poderes de una de las partes?

Recuerda que yo soy el tribunal. No me lo cuentes como si fuera tu compadre.

 

18 (Vanguardia Notarial)

 

Doña Antonia acude a su notario de confianza en los últimos veinte años para otorgar el que será su testamento número quince. En esta ocasión quiere añadir a la ristra de desheredados que ya tiene, otro mas. Se trata de una nieta que tiene catorce años. El notario tiene dudas y cree no se puede desheredar a una persona de esa edad.

¿Se puede o no se puede? ¿Desde qué edad se puede?

 

19 (Vanguardia Notarial)

¿Qué ocurre con las medidas judiciales relativas a capacidad (patria potestad prorrogada o rehabilitada, tutela o curatela) que no han sido revisadas a fecha 4/9/2024 (3 años desde la entrada en vigor ley 8/2021)? ¿siguen estando en vigor? 

Al parecer existen dos posturas al respecto. ¿Sabes cuáles son? Demuéstralo.

 

20 (Caso Real)

Un notario muy simpático está repasando una escritura con su oficial. Cuando llega al apartado título relativo a dos de las fincas que se van a heredar (es una escritura de herencia), observa que se dice esto:

“TÍTULO RELATIVO A LAS DOS FINCAS ANTERIORES: El de adjudicación de la herencia de su hija Doña *, en virtud de escritura autorizada bajo mi fe, el día * de 2020, con el número * de protocolo”.

¿Qué le viene a la cabeza al notario en cuanto ve que la causante heredó de su hija? Piensa, contesta y sigue leyendo después de haberlo hecho.

Acto seguido, el notario sigue a la caza de información relevante y observa que el título de compra de la hija fue el de compraventa.

Es decir, la madre heredó a la hija y a la madre le heredan ahora el resto de sus hijos vivos. La hija que premurió a su madre había adquirido las dos fincas por título de compra.

¿Qué sucede respecto de lo que el notario tenía en mente?

 

Hala, a pensar.

 

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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